22.08.2014 - 14:08 /

La reforma de la polémica

ANÁLISIS - Por Kevin Grunbaum y Leonardo García | En las últimas semanas ha aparecido una nueva polémica en los medios nacionales. A los debates respecto de qué hacer con los fondos buitres se le ha sumado el nuevo proyecto de reforma de la ley de abastecimiento. Esta reforma ha sido comparada con la ley existente en Venezuela y muchos la tildan de inconstitucional. ¿En qué consiste?


Por Kevin Grunbaum y Leonardo García


En las últimas semanas ha aparecido una nueva polémica en los medios nacionales. A los debates respecto de qué hacer con los fondos buitres se le ha sumado el nuevo proyecto de reforma de la ley de abastecimiento. Esta reforma ha sido comparada con la ley existente en Venezuela y muchos la tildan de inconstitucional. Hay quienes incluso la han llamado “la Nueva 125”. Entonces, ¿en qué consiste esta reforma?

Lo primero que debemos saber es que este proyecto de ley denominada “Nueva regulación de las relaciones de producción y consumo” es una modificación a una ley promulgada el 24 de julio de 1974 la Nº 20.680. En 1991 el Congreso derogó esta ley, sin embargo, deja la posibilidad de que ésta vuelva a tener vigencia en caso de que se declare la emergencia de abastecimiento.

Ahora bien, lo que es importante saber es que este proyecto de reforma se enmarca dentro de otros dos proyectos de reformas impulsados por el oficialismo. Por un lado, el que crea un nuevo fuero judicial para conflictos entre consumidores y empresas. El objetivo de este proyecto es facilitar a los consumidores los procesos judiciales contra las empresas, estos procesos suelen demorar mucho tiempo, lo que obliga a los usuarios a enfrentar largos y costosos procesos. Usualmente las empresas son beneficiadas por estos largos litigios puesto que no tienen inconvenientes a la hora de afrontar los gastos que derivan de estos, mientras que para los consumidores muchas veces los gastos del proceso judicial son tan altos que no tiene sentido continuar con el proceso. El otro proyecto es el que fija Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios.

La reforma de la ley tiene el objetivo de otorgarle a los gobiernos, tanto provinciales como el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver artículo 3 de la reforma), la posibilidad de controlar no sólo los precios máximos y mínimos de un producto, sino también la disponibilidad de determinados productos en el mercado. Es decir, los gobiernos tendrían la facultad de intervenir en las empresas con el objetivo de garantizar el abastecimiento de determinados productos. Sin embargo, la reforma también contempla la posibilidad de que el Estado otorgue subsidios a las empresas para garantizar no sólo el abastecimiento sino también los precios máximos de determinados productos.

Esta a su vez estipula, en su artículo cuarto, sanciones para aquellas empresas que eleven los precios de sus productos sin ninguna relación con el aumento de los costos; que obtengan ganancias abusivas producto de los precios de sus productos en una situación de monopolio, que acaparen materias primas o recursos, que destruyan mercadería o bienes para generar escasez de su producción o creen etapas de distribución artificiales, etc.

Este es uno de los artículos que más polémica genera, puesto que son numerosas las demandas provenientes de distintas cámaras empresariales respecto a las supuestas violaciones a las libertades de mercado que esta intervención del Estado generaría.

Sin embargo, otra lectura de esta reforma puede indicar la creación de condiciones que favorecerán a los pequeños empresarios, pues limitará el accionar de las grandes empresas monopólicas que ya no podrán especular con su mercadería o subir los precios indiscriminadamente para obtener mayores ganancias. A su vez, hay quienes sostienen que esta ley permitirá que el consumidor sepa realmente quienes intervienen en los precios de los productos, es decir, quiénes son aquellos que salen beneficiados realmente con las subas de precios, ya que muchas veces no es el productor quien aumenta los precios sino los intermediarios. En relación a esto la economista Fernanda Vallejos, en diálogo con este medio, señaló: “La mayoría de los argentinos está demandando que el Estado intervenga en defensa del consumidor”.

[caption id="attachment_10961" align="aligncenter" width="600"] Plenario de Comisiones del Senado debate la reforma a la Ley de Abastecimiento[/caption]

Otra de las modificaciones introducidas es la reforma del artículo cinco, que establece las sanciones para aquellos que de alguna de las maneras sancionadas en el artículo cuatro violen la ley. Lo más destacado de esta modificación es que ya no se podrá sancionar con prisión de hasta noventa días a los infractores (así lo establecía la ley de 1974) y que la multa que antes tenía como monto máximo un millón de pesos, pasará a tener un máximo de diez millones de pesos.

La reforma fue comparada con la legislación venezolana llamada “Ley de precios justos”, que entró en vigencia en enero de este año y crea en dicho país la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE). Esta superintendencia determina márgenes máximos de ganancia para las empresas y precios máximos de sus productos (artículos 32 y 33); permite la realización de inspecciones de oficio o por denuncia en los inmuebles destinados a la producción; establece sanciones para aquellos que alteren los productos o servicios en perjuicio de las personas y también para aquellos que mediante el fraude alteren los precios de los productos; etc. A su vez en Venezuela, a diferencia de lo que la reforma suprime de la ley de 1974, se mantienen las sanciones mediante la prisión.

Es importante saber que las sanciones a las empresas por ganancias abusivas no son un invento argentino y mucho menos venezolano. Numerosos países como España, o incluso Alemania, han aplicado sanciones a empresas que han registrado ganancias abusivas producto del monopolio. Incluso la Unión Europea en su conjunto ha sancionado a empresas que presentaron ganancias abusivas.

Si bien la reforma a la ley de abastecimiento ha recibido fuertes críticas por parte de los sectores empresariales de nuestro país, ha recibido el apoyo de los sectores más pequeños de la economía nacional. Según lo que señalan diferentes miembros del gobierno, el objetivo de esta ley es beneficiar a los consumidores y a los pequeños productores, limitando el poder de las grandes empresas.

Es necesario esperar a que el proyecto sea debatido y votado en ambas cámaras para ver qué sucede con esta polémica reforma. Hay que recordar que hay otros dos proyectos propuestos por el oficialismo que no han presentado tanto rechazo por parte de la oposición. También existe la posibilidad de que la reforma sea modificada o incluso rechazada. Sin embargo, en caso de ser aprobada es probable que se le pida a la Corte Suprema que determine si es constitucional o no y ésta tendrá, una vez más, la última palabra.