04.09.2014 - 08:09 /

Media sanción a la nueva Ley de Abastecimiento: los detalles

La Cámara de Senadores aprobó ayer, con 38 votos a favor y 27 en contra, la Ley de Abastecimiento y giró la iniciativa a Diputados, donde será debatida la próxima semana. Cuáles son los puntos salientes del nuevo proyecto.


La Cámara de Senadores aprobó ayer, con 38 votos a favor y 27 en contra, la Ley de Abastecimiento y giró la iniciativa a Diputados, donde será debatida la próxima semana.

Diputados deberá debatir, por tanto, un paquete de normas de defensa del consumidor que envió el Poder Ejecutivo para modificar la Ley de Abastecimiento, crear un Observatorio de Precios y un nuevo fuero en la justicia nacional sobre la materia.

En el Senado la ley de Abastecimiento obtuvo 38 votos a favor y 27 en contra, al igual que el Observatorio de Precios mientras que la creación del nuevo fuero nacional recibió 53 votos a favor y 11 en contra, ya que el radicalismo apoyó la medida.

[caption id="attachment_11465" align="aligncenter" width="600"] Augusto Costa, Julián Álvarez y Jorge Capitanich - Audiencia en el Senado[/caption]

Marco Regulatorio: el proyecto con media sanción ofrece un nuevo marco regulatorio para el consumo y la producción, estableciendo una serie de pautas para evitar los abusos de posición dominante de muchas de las empresas que cuentan con altas tasas de rentabilidad.

Nuevas atribuciones estatales: para garantizar la protección de los usuarios, el proyecto prevé la capacidad de fijar precios máximos y márgenes de rentabilidad a fin de disponer la continuidad del proceso de producción y comercialización.

Algunos casos en los que actúa la autoridad de aplicación:
- Cuando las empresas eleven artificialmente los precios, sin correlación con el aumento de los costos.
- Cuando acopien materias primas o productos.
- Cuando destruyan mercaderías.
- Cuando restrinjan la venta o prestación de un servicio o no entreguen comprobante ni factura de venta.

Los empresarios ya no podrán ser encarcelados: uno de los puntos más polémicos de la antigua ley de abastecimiento, era la potestad del Secretario de Comercio de encarcelar a los empresarios que no se adecuaran a la normativa. Este punto es eliminado de la nueva ley, a fin de restar este elemento de arbitrariedad al funcionario a cargo.

Clausuras de las empresas: con la nueva redacción, el extremo caso del cierre de una empresa, la inhabilitación específica o clausura temporaria, se dará una vez que la autoridad de aplicación obtenga una autorización judicial.

Las clausuras no podrán ser definitivas: se elimina a su vez la posibilidad de las clausuras definitivas de empresas.

Resarcimiento económico: aquel empresario que pruebe actuación perjudicial por la aplicación de la ley, podrá pedir un resarcimiento económico. Es decir que el sector privado no será obligado a producir o vender a pérdida.

El recurso: las empresas podrán exigir a la autoridad de aplicación que reconsidere las medidas que adopte, cuando éstas pudieran ocasionarles un grave perjuicio económico.

Participación de las empresas en el observatorio de precios: en cuanto a la creación del nuevo observatorio de precios, la autoridad de aplicación podrá invitar a los organismos locales y provinciales, públicos y privados que puedan tener interés en analizar precios o insumos. Esto abre la posibilidad a que las mismas empresas formen parte del proceso, así como también otros institutos de estadísticas.