08.10.2015 / A semanas de los comicios de octubre

¿Cómo se contará el voto en blanco en las próximas elecciones?

El periodista Carlos Pagni sembró la duda en torno a cómo se tendrá en cuenta el voto en blanco en los comicios presidenciales y se preguntó si serán los jueces los que determinen al nuevo presidente.



Luego de las polémicas elecciones de Tucumán y en el medio de las especulaciones en torno a si el sucesor de Cristina Kirchner se definirá el próximo 25 de octubre o habrá que ir a un balotaje, se sembraron dudas sobre qué influencia tendrá en el escrutinio definitivo el voto en blanco. Con respecto a este tema, el periodista de La Nación, Carlos Pagni, dio una visión érrónea sobre su contabilización para los próximos comicios. 

En su habitual editorial, el comunicador asegura que los resultados de las elecciones serán "ajustadísimos" y que todo conduce a una segunda vuelta entre Daniel Scioli y Mauricio Macri. Es por eso que se pregunta "¿cómo debe contabilizarse el voto en blanco para las elecciones del próximo 25?" y explica que "la Constitución establece que para alcanzar la presidencia hay que obtener el 45% de los votos, o más del 40% siempre que se obtenga una ventaja superior a 10 puntos respecto del segundo". En consecuencia, plantea: "Si el universo sobre el cual se realiza el cálculo incluye los votos en blanco, para alcanzar el 40 o el 45% haría falta un mayor caudal electoral. Dicho de otro modo: aumenta la probabilidad del ballottage". 

Luego de esa hipótesis, Pagni desliza que "es probable que los abogados de Macri pidan una declaración de certeza ante la jueza electoral María Servini de Cubría" para determinar cómo contabilizar esos sufragios, y remata: "¿Serán los jueces quienes determinen la identidad del próximo presidente? Es una hipótesis extrema". Además, hace una errónea interpretación del concepto "votos afirmativos válidamente emitidos".  

A pesar de esta sugerencia del periodista, el Poder Judicial no tiene incumbencia en ese caso, sino que es el Poder Legislativo es el que debe tomar cartas en el asunto. Según establece el artículo 120 del Código Nacional Electoral: "En el caso de la elección del Presidente y Vicepresidente de la Nación las Juntas Electorales Nacionales comunicarán los resultados al presidente del Senado de la Nación. El mismo convocará de inmediato a la Asamblea Legislativa, la que procederá a hacer la sumatoria para determinar si la fórmula más votada ha logrado la mayoría prevista en el artículo 97 de la Constitución Nacional o si se han producido las circunstancias del artículo 98 o si, por el contrario, se deberá realizar una segunda vuelta electoral conforme lo dispuesto en el artículo 96 de la Constitución Nacional". 

También, hay que aclarar que cuando la normativa expresa "votos afirmativos válidamente emitidos",lo que no tiene en cuenta los votos en blanco. Asimismo, la Constitución Nacional establece que "cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el cuarenta por ciento por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como Presidente y vicepresidente de la Nación". 

Si bien Pagni aclara que "los votos en blanco no deberían computarse porque la Constitución habla de votos válidos y afirmativos para determinar si hay segunda vuelta", siembra la duda al respecto, contradiciendo lo que sostiene la Carta Magna. Su nota repercutió en las redes sociales y los usuarios cuestionaron sus argumentos.