28.12.2017 / Cambiemos

La gemela de la reforma laboral de Macri: tras los 12 mil puestos menos en un mes, renunció el ministro de Trabajo brasileño

Luego de que se hiciera público que en sólo un mes la reforma laboral que inspiró el proyecto que el presidente argentino planea aprobar en febrero provocó la pérdida de 12 mil puestos de trabajo, el gobierno brasileño de Michel Temer empujó a Ronaldo Nogueira a dar un paso al costado.



Parece ser que los cambios en el mundo que inspiran el "reformismo permanente" de Mauricio Macri no vienen dando buenos resultados. Es que el ministro de Trabajo de Brasil, Ronaldo Nogueira, renunció a su cargo horas después de que datos oficiales revelaran que los despidos superaron a las contrataciones en noviembre en 12 mil puestos, tras la entrada en vigor de la reforma laboral del gobierno de Michel Temer, espejo de la propuesta que Cambiemos quiere aprobar en la Argentina en febrero.

En un comunicado oficial que difundió la agencia Télam, el gobierno del país vecino informó que Nogueira, quien pertenece al conservador Partido Laborista Brasileño (PTB), argumentó motivos personales al presentar su dimisión. Sin embargo, su cabeza rodó horas después de que se publicaran los pésimos resultados de la reforma laboral que legalizó el empleo intermitente y redujo el costo de la indemnizaciones, entre otras cosas.

El PTB, aliado del presidente Temer en el gobierno, anunció que el diputado por el estado de Maranhao Pedro Fernandes, un aliado del expresidente José Sarney, asumirá el cargo en Trabajo, y aseguró a través de su presidente, Jovair Arantes, que Nogueira deja el ministerio para disputar su reelección como diputado en los comicios de octubre.

Macri intentará reabrir el Congreso las últimas semanas de febrero para sancionar las leyes que no llegó a tratar en diciembre y considera clave para sus últimos dos años de gestión. En ese sentido, las fichas y la mayor dificultad están puestas en la reforma laboral y la de Ministerio Público, incorporadas en el pedido de sesiones extraordinarias de este mes, pero archivadas por razones diversas.

La ley laboral fue congelada por el senador peronista Miguel Pichetto, molesto por las críticas públicas de Pablo Moyano y delegaciones provinciales de la CGT. "No participé de ninguna negociación y hasta que no haya una posición única no se va a tratar", anunció el jefe del Bloque Justicialista. 

Para ablandarlo, en el Gobierno estudian dividir el proyecto, dejando para otro momento los capítulos vinculados a la ley de contratos de trabajo y aprobar el blanqueo laboral, un instrumento fundamental para reducir el déficit de Anses.

No obstante, la legislación que le costó el cargo a Nogueira y más de 12 mil puestos de trabajo a la población brasileña tiene múltiples similitudes con la propuesta de Macri para la Argentina, en cuyo texto se destacan los siguientes puntos de convergencia:

INDEMNIZACIONES

Significativa reducción del cálculo indemnizatorio al quitar los pagos correspondientes a aguinaldo, horas extras, comisiones, premios o bonificaciones y todo tipo de pagos no regulares. Además, la actualización de los créditos laborales sometidos a juicios se hará mediante la variación del UVA (el utilizado para los créditos hipotecarios) y no más por la tasa del Banco Nación que utilizan los magistrados.

La posibilidad de iniciar demandas, que hoy prescribe a los dos años, caerá al año.

Los sindicatos y las empresas podrán negociar un Fondo de Cese Laboral, una suerte de seguro de desempleo con aportes del asalariado, además del empresario, para su propio despido. Un mecanismo similar ya rige en la construcción. 

TRABAJO

Introduce una modificación sustancial al concepto de "trabajo". A las definiciones previstas en la ley de Contrato de Trabajo le suma: "la cooperación entre las partes para promover esa actividad productiva y creadora constituye un valor social compartido, generador de derechos y deberes recíprocos, y una regla esencial de ejecución del contrato". Se trata de una igualación, por primera vez, de roles entre empleador y asalariado, a contramano de la jurisprudencia que asigna debilidad intrínseca al trabajador respecto del empresario.

Facilita la tercerización y subcontratación, mecanismos que hasta ahora no habían sido regulados pero a partir del proyecto se buscará dejar consagrado su funcionamiento y ponerlo a salvo de juicios. La iniciativa bloqueará las demandas "por solidaridad" contra las empresas de una actividad principal con contratistas de los siguientes rubros: limpieza, seguridad, mantenimiento general, servicios médicos y de higiene y seguridad en el trabajo, gastronomía e informática "que se efectúen en el establecimiento de explotación".

Limita el concepto de "irrenunciabilidad", que establece que serán nulos los acuerdos con pérdida de derechos. Según el texto propuesto, implícitamente se podrá renunciar a contratos individuales superadores de los colectivos. Es decir, si un asalariado convino con su jefe un aumento por encima del promedio tras aceptar un cargo con mayor responsabilidad, de sancionarse la ley podrá resignarlo.

Flexibiliza el criterio de "ius variandi" que prohíbe la modificación unilateral de las condiciones de trabajo del empleado. Hasta ahora le permite, en esos casos, optar por ser indemnizado o accionar judicialmente contra su patrón con la posibilidad de obtener la reposición de sus condiciones previas. Ahora sólo podrá ser indemnizado y en todo caso ajustarse a lo previsto por el convenio colectivo, con más trabas para ir a un juicio.

Consagra modalidades de trabajo a tiempo parcial que dejarán de computar el tiempo de tarea por jornada para hacerlo por semana. Habilitará la creación por convenios colectivos de "bancos de horas" que, en definitiva, pondrán límites a las horas extra bajo el argumento de eficientizar los tiempos de trabajo.

Extenderá licencias por paternidad a 15 días para los hombres; por matrimonio, a 10 días; por muerte de cónyuge, padres o hijos, a 3 días, y de un hermano, a un día. Por examen podrán tomarse licencias de dos días con un máximo de 10 días totales por año. Y permitirá una licencia de 30 días corridos por año sin goce de sueldo. 

OTROS CAMBIOS

Creación de la figura del "trabajador independiente" que podrá tomar hasta cuatro "colaboradores" despegados de las modalidades habituales de contratación. Se pensó para talleres o unidades de contratistas asociados a las grandes constructoras. En estos casos se aplicará normativa específica y no la ley de Contrato de Trabajo.