La gobernadora de la provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, agregó a la ley que obliga a los funcionarios públicos a presentar su declaración jurada un polémico artículo que establece serán pasibles de recibir condenas previstas en el Código Penal.
Lo hizo a través del decreto 647 publicado en el Boletín Oficial.
De esta manera, la gobernadora modificó el decreto 116 con el que había obligado a sus funcionarios y a sí misma, además de los agentes penitenciarios y policiales con el grado de subcomisario en adelante, a publicar sus declaraciones juradas de bienes. El texto asegura que
“los funcionarios, empleados y terceros que de algún modo vulneren el carácter y/o el contenido de estas declaraciones serán pasibles de las penas previstas por los artículos 157 y 157 bis del Código Penal según corresponda, siendo de aplicación toda otra sanción establecida en la normativa vigente”.
La ley iba a ser tratada en la legislatura bonaerense y tenía el consenso de todos los bloques, incluso el del Frente Para la Victoria (FPV), con la única modificación de eliminar el artículo que sanciona a periodistas. Ante esto, la mandataria provincial decidió sacarla por decreto y saltear al debate legislativo.
Tanto el Gobierno nacional en el proyecto de blanqueo de capitales, cómo ahora el de la provincia de Buenos Aires copiaron y pegaron fragmentos de la ley de procedimiento tributario, que es una norma de la dictadura que está vigente pero era, a los efectos prácticos, letra muerta.