22.03.2020 / AISLAMIENTO PREVENTIVO

La Justicia rechazó el insólito habeas corpus contra la cuarentena y ratificó la constitucionalidad del DNU

El juez criminal y correccional Osvaldo Rappa sostuvo que “no se vislumbra falta de razonabilidad alguna” referido al aislamiento preventivo obligatorio establecido por el gobierno de Alberto Fernández a los efectos de disipar el avance del virus Covid-19.






El DNU del presidente Alberto Fernández relativo al aislamiento preventivo obligatorio para evitar la expansión del coronavirus es constitucional. Lo estableció de esta forma, el juez criminal y correccional porteño Osvaldo Rappa al rechazar el insólito hábeas corpus presentando por el abogado Patricio Kingston, quien pidió declarar la inconstitucionalidad de varios artículos del DNU.

A los ojos del magistrado Rappa, "no se vislumbra falta de razonabilidad alguna, y mucho menos una restricción a la libertad de los habitantes de la República; sino que se imponen restricciones con el fin de asegurar el bien común. Máxime, cuando es aplicable para toda la población sin distinción alguna".

La decisión del juez  de primera instancia fue ratificada por los camaristas Rodolfo Pociello Argerich y Ricardo Pinto quienes consideraron que el decreto de necesidad y urgencia 297/2020  “si bien implica (el aislamiento) una severa restricción a la libertad ambulatoria tiende a la preservación del orden público, en cuanto el bien jurídico tutelado es la salud pública".