16.08.2019 / Economía y elecciones

Decretazos para levantar en octubre: Macri oficializó las medidas sobre IVA, Ganancias y las naftas

El Gobierno apuesta a levantar la durísima derrota en las PASO y ya oficializó la quita del IVA en alimentos básicos como el pan, yerba arroz y polenta. Finalmente no aplicó la polémica Ley de Abastecimiento pero estipuló cuanto deberían valer los combustibles los próximos 90 días, además de los cambios en Ganancias.




El Gobierno rubricó las medidas anunciadas por Mauricio Macri para levantar en las elecciones generales de octubre e intentar menguar el impacto de la devaluación que su equipo económico provocó tras la derrota apabullante en las elecciones. La quita del IVA en alimentos básicos y el congelamiento del precio de las naftas salieron publicadas en el Boletín Oficial.

Sobre el IVA se decidio eliminarlo de la mayoría de los productos de la canasta básica como el pan, aceite, pastas secas, arroz, harina, polenta, rebozador y pan rallado, yerba mate, mate cocido, té, hortaliza y legumbres, yogures y azuas. "La venta de los productos de la canasta alimentaria que se detallan estará alcanzada por una alícuota equivalente al 0% en el impuesto al valor agregado, establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado", indica el decreto 567/2019.



El congelamiento de las naftas terminó siendo oficializado mediante el decreto 566/2019 sin necesidad de aplicar la Ley de Abastecimiento como se especuló hasta el cierre de la jornada. Se establece que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local durante los 90 días corridos "deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al día 9 de agosto de 2019".



Los cambios en Ganancias:

- Para un trabajador sin ninguna carga de familia ni deducciones por gastos: de $55.376 (bruto) o de $45.962 (neto), en lugar de los $46.146 (bruto) o $38.301 (neto) vigentes hasta ahora.

- Para un asalariado que deduce cónyuge y dos hijos: el mínimo para pagar es hasta ahora de $61.046 brutos o $50.668 netos. Pasará de $70.274 (bruto) o $58.327 (neto).

- Para alguien que solo deduce un hijo, el mínimo a partir del cual tributará, en tanto, será de $49.067 (neto) o $59.117 (bruto).

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