01.11.2019 / BCRA

Más controles: El Central limita a 50 dólares los adelantos de efectivo con tarjeta en el extranjero


La máxima entidad monetaria del país amplió el cepo relativo a operaciones con la divisa norteamericana. Es necesario, aclarar que no hay establecido un límite para la cantidad de operaciones que se pueden registrar. La norma también rige para operativas vinculadas con juegos de azar.



El Banco Central de la Republica Argentina estableció más límites en cuanto a las operaciones con la divisa norteamericana. La novedad de las últimas horas tiene que ver con el control de la operatoria con tarjetas en el extranjero a un monto máximo de 50 dólares de adelanto de efectivo por operación a los tarjetahabientes en el exterior, indicó la entidad mediante la comunicación “A” 6823.

Desde la entidad monetaria aclararon que no hay límites en la cantidad de operaciones diarias que los individuos pueden hacer por día, aseguró Télam.

El comunicado A 6823, dirigida a entidades financieras, casas de cambio, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y a empresas no financieras emisoras de tarjetas de compra indica que:

"Las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir de mañana inclusive, cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales, en las siguientes operaciones:

a) la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o,

b) la transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o,

c) la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior y/o,

d) la realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o,

e) la adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades".

En otro punto establece: "en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales como adelantos en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior".