23.12.2021 / Judiciales

Polémico: habilitan a bingo de Angelici a recibir el Repro II pese a adeudar el impuesto a las grandes fortunas

La justicia concedió un amparo a Bingo Ramallo S.A. y declaró la inconstitucionalidad de una norma que exige que las empresas que soliciten el Repro II acrediten que sus dueños hayan abonado el aporte solidario, de corresponder. El operador judicial de Macri no lo hizo.




Parece ser que, a diferencia del intento fallido de Carlos Tevez, su amigo, Daniel Angelici fue más allá y directamente decidió no pagar el impuesto extraordinario a las grandes fortunas pero, pese a ello, la Justicia igual le hace "regalos" navideños: es que el juez federal de San Nicolás Carlos Villafuerte Ruzo hizo lugar al amparo interpuesto por Bingo Ramallo S.A., que tiene al "Tano" como uno de sus dueños, y declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la Resolución Nº 938/20 del Ministerio de Trabajo que exige como requisito para acceder al REPRO II que las empresas que soliciten su adhesión acrediten que sus titulares y accionistas hayan abonado el Aporte Solidario Extraordinario

El mencionado bingo había solicitado al Estado nacional acceder al programa REPRO II, pero se había encontrado con una respuesta negativa debido a que Angelici, uno de sus socios, adeuda el impuesto a los ricos, como se conoce al aporte solidario, tal como informó el portal Palabras del Derecho.

El magistrado consideró que la norma del Ministerio de Trabajo incurre en un exceso reglamentario y por eso es contraria al régimen jurídico vigente en el país, en tanto el Código Civil y Comercial de la Nación diferencia entre la personalidad jurídica de la persona jurídica y sus socios, y declara que estos miembros no responden por las obligaciones de aquella.

Otro argumento del juez es que la Ley de Sociedades Nº 19.550, al regular las sociedades anónimas, dispone que los socios limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas, reconociendo así el carácter diferenciado de los sujetos de derecho "persona jurídica" y "socios".