28.07.2022 / Alimentos

Etiquetado frontal: los alimentos deberán advertir el contenido de azúcares, grasas y calorías desde agosto

De acuerdo con lo dispuesto por la Ley de etiquetado frontal, los envases de alimentos y bebidas de grandes cadenas deberán tener la advertencia nutricional desde el 20 de agosto. Las pequeñas y medianas empresas tendrán una prórroga hasta el año que viene.





Los envases de alimentos y bebidas de grandes cadenas alimenticias deberán tener desde el 20 de agosto etiquetas que adviertan al consumidor sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio. Mientras que las empresas pequeñas o medianas tienen una prórroga mayor de tiempo para cambiar su etiquetado, que se prolonga hasta el 20 de febrero del 2023. 

La medida rige de  acuerdo a la ley 27.642 publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado, que busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada.

El Ministerio de Salud aprobó un 35% de solicitudes de prórroga en la implementación de estos sellos de advertencia, sobre un total de 2.658 pedidos. “Del total de registros con autorización sanitaria, solo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes", sostuvieron desde la cartera.

En ese sentido, señalaron que los pedidos de prórroga pueden realizarse en los casos que "exista una limitación con motivos justificables en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal".

Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%); panificados y galletitas (15%); embutidos y conservas cárnicas (14,45%); lácteos (11,27%); bebidas analcohólicas (10,63%); frutas y verduras procesadas (7,39%).

También cereales y pastas (6,55%); salsas y aderezos (5,19%); postres y polvos para preparados (2,96%); snacks (2,16%); helados (1,09%); sopas y caldos (1,02%); café y té (0,67%).



La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (Anmat), implementó el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales que establece cuales son las gestiones, procedimientos, plazos y especificaciones respecto a la declaración jurada, las solicitudes de prórroga y la solicitud de casos especiales.  Así, la página de ANMAT tiene publicado el Sistema y donde se encuentran disponible la amplia variedad de recursos para la implementación del etiquetado nutricional frontal.

También el público tiene una “calculadora de sellos”: el Sistema de Declaración junto Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega)  posibilita un instrumento de acceso público y abierto que permite realizar los cálculos que indican cuáles son los productos cuyos nutrientes críticos son iguales o superiores a los límites definidos en la ley.

A estas herramientas se agregan el “Buscador Público de Declaraciones Juradas” que cuenta con información consolidada para la consulta en línea de los productos alimenticios con sellos de advertencias y leyendas precautorias.

Además, está a disposición la “Gestión de Declaración Jurada del Sistema de Sellos y Advertencias Nutricionales”, una herramienta actualizada con el contenido de nutrientes críticos y calorías y la presencia de edulcorantes y/o cafeína de los alimentos y bebidas analcohólicas alcanzados por la ley.