17.12.2018 / Extraordinarias

Con un borrador unificado, el oficialismo avanza con la ley anti barrabravas

Surgió el viernes en una especie de consenso entre los distintos bloques, esperan que pueda tratarse el martes en la Cámara de Diputados y ser sancionado en el Senado la semana próxima. Las penas por actos violentos en espectáculos futbolísticos incrementarán en un tercio.

por Leonardo García




El Gobierno buscará sancionar este martes en la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados poder darle media sanción al proyecto de ley que crea un nuevo marco penal para los actos de violencia en espectáculos deportivos. En el cierre de semana se logró un "borrador unificado" para avanzar en el recinto. 

Las presentaciones realizadas por los diputados Scioli, Bianchi, Marcucci, Schmidt Lierman, Brugge y Solanas se vieron unificadas en un proyecto de ley que crea un Régimen Penal y Procesal para la Prevención y Represión de Delitos en Espectáculos Futbolísticos. 

El proyecto eleva las penas mínimas y máximas en un tercio, aunque explicitan que "el máximo nunca será mayor al máximo previsto en el Códio Penal para el tipo de pena que se trate". Además define el colectivo y ataña la aplicación de la ley para 
partido organizados por la Asociación del Fútbol Argentina (AFA), Conmebol y la Federación Internacional del Fútbol Asociado (FIFA).



- Por tenencia de armas, pirotecnia, inflamables o "cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para intimidar, ejercer violencia o agredir" las penas aplicables irán desde los seis meses hasta los dos años de prisión. Por su parte se aplicará una pena de 1 a 3 años de cárcel para los protagonistas u organizadores que teniendo conocimiento del acceso de estos elementos no lo denunciasen.

- En el artículo 7 se impone una pena de prisión de dos a seis años cuando dos o más personas lleven adelante una acción violenta o intimidación grupal. Si se emplea el uso de armas, las penas se elevarán a ocho años. En caso de uso de armas de fuego la pena se agravará de cuatro a diez años.

- De uno a tres años de prisión por privilegios y financiación. En este punto se pena de uno a tres años a organizadores, protagonistas y responsables de la emisión y/o distribución de entradas en caso de que las provean sin precio a la barrabrava. En el caso de la reventa se estipula de un mes a un año de prisión.

- Se pone como agravante la venta de entradas en las inmediaciones de un estadio, en tal situación la pena podrá ir de seis meses a dos años. 

- La venta de entradas falsas va con una pena de seis meses a dos años. Si el delito fuese cometido por un responsable o protagonista de la organización la pena será de dos a ocho años. 

- La prisión por facilitación de ingreso será de uno a seis meses si el que habilita el acceso a un estadio es uno de los protagonistas. La pena por dejar pasar a barrabravas sin la correspondiente entrada irá de los seis meses a los dos años.

- Trapitos que cuidan autos sin autorización: Se impondrá prisión de uno a seis meses a la persona que "ofrezca servicio de cuidado de vehículos sin autorización con pago a voluntad" en el marco de partidos de fútbol. La pena aumentará de dos a cuatro años si se exige una suma fija.

- Otro punto clave es el que prevé penas de cuatro años de prisión para "los jefes, organizadores o quienes hayan contribuido a la financiación de dichos grupos
y para todo aquel que, interviniendo de cualquier otro modo obtuviere provecho o utilidad personal o económica producto de la actividad del grupo". Este punto es clave para avanzar en denuncias sobre dirigentes de clubes o asociaciones.

- Sobre los políticos encargados de brindar la seguridad también habrá penas: en el artículo 17 se fija la inhabilitación para funcionarios públicos cuando comentan algunos de los delitos tipificados en la ley. Si se lo encuentran como participe, instigador o autor se le aplicará la pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.