06.02.2021 / APORTE SOLIDARIO

Las personas que deben aplicar al aporte solidario tienen plazo hasta el 30 de marzo para presentarse

Así lo dispuso una reglamentación firmada por la directora de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. Según se informó oficialmente, la fecha de la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020. Abarca a sujetos cuyo patrimonio supere los 200 millones de pesos.





Según la agencia estatal Telám, la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, firmó en las últimas horas la reglamentación del Aporte Solidario y Extraordinario. De esta manera, estableció que los sujetos alcanzados deberán realizar la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante hasta el 30 de marzo de 2021.

Según se supo, la fecha a considerar para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley. De esta forma, el organismo estableció la normativa relativa a la presentación de la declaración jurada, ingreso del aporte y otros aspectos establecidos en la Ley 27.605 y su Decreto Reglamentario N° 42/2021, con lo que se completa el proceso iniciado en noviembre con el análisis del proyecto en el Congreso nacional, y que se convirtió en ley el 4 de diciembre, con la idea de morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus mediante un aporte de los patrimonios superiores a los 200 millones de pesos.

Cabe señalar que la resolución con las definiciones sobre el Aporte Solidario y Extraordinario será publicada en el Boletín Oficial en los próximos días.

Es de recordar que el aporte alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones de pesos mencionada.