Los ministerios de
Desarrollo Productivo y de Trabajo reglamentaron las condiciones para acceder a los beneficios del
Programa Te Sumo y de todas las contrataciones de personas que estén dentro de los programas educativos, de formación profesional o de intermediación laboral.
A través de la resolución conjunta Nº 9/2021, publicada este miércoles en el
Boletín Oficial, se determinó que los empleadores y empleadoras del sector privado que participen de dichos programas podrán acceder a una reducción de las contribuciones patronales no sólo si la contratación del trabajador o trabajadora es permanente, sino también en aquellos casos en los que sea parcial o por tiempo indeterminado, incluyendo también contratos de trabajo agrario y en la construcción.
La reducción será aplicada durante los primeros 12 meses contados a partir del inicio de la contratación, sobre las contrataciones que se realicen a partir del 1 de pasado e incrementen la nómina de trabajadoras y trabajadores de agosto 2021.
Se trata de un 95% de reducción en caso de que la contratación sea de una mujer, travesti, transexual o transgénero, o una persona con discapacidad acreditada; y de un 90% en caso de que el contratado sea varón.
Este beneficio se aplicará en las siguientes modalidades de contratación laboral: contratos de trabajo por plazo indeterminado; a tiempo parcial;
agrario permanentes, tanto de prestación continua como discontinua; y los comprendidos en el régimen de la actividad de la construcción. Según lo establecido en el Decreto Nº 493/21, en caso de que los contratos sean a tiempo parcial, los beneficios estipulados se reducirán a la mitad.
Las contribuciones patronales que se reducen son aquellas que tienen destino al
Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), al
Fondo Nacional del Empleo y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.