10.11.2021 / Coronavirus

Qué deben presentar los extranjeros no vacunados que pueden entrar al país

El Gobierno estableció las condiciones para que los no residentes sin esquema completo de vacunación ingresen a la Argentina. El ingreso al país dependerá que su viaje encuadre en alguno de los supuestos que determinó el PEN “y se emita una certificación consular remota que dé cuenta de ello en los términos que defina el Ministerio de Relaciones Exteriores”.




El Gobierno nacional flexibilizó los requisitos para que ingresen a la Argentina extranjeros que no cuenten con el esquema completo de vacunación contra el Covid-19. La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Mediante la Resolución 2948/2021 quedaron establecidas las condiciones generales para que los extranjeros no residentes no vacunados, "puedan acceder a la excepción del cumplimiento del requisito del oportuno y completo esquema de vacunación requerido para ingresar al país".

No obstante, el ingreso al país dependerá que su viaje encuadre en alguno de los supuestos que determinó el Poder Ejecutivo, “y se emita una certificación consular remota que dé cuenta de ello en los términos que defina el Ministerio de Relaciones Exteriores”. De esta forma podrán entrar al país los familiares directos de argentinos o residentes en el país “que viajen por motivo de visita familiar y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia”.

Deben ser hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes. Tendrán que presentar partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil/convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio. La documentación debe estar apostillada, precisó la cartera sanitaria, y se presentará también una copia de pasaporte y declarar la fecha programada del viaje.

El beneficio también alcanza a los extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios / capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia.

En este caso se deberá presentar documentación que justifique el criterio invocado, ya sea carta del empleador, carta del invitante en el país, o de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional. También quedarán exceptuados aquellos extranjeros a los que se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria.

En el caso de diplomáticos que estén acreditados ante el Estado Argentino, para acceder a la excepción de la exigencia de vacunación Covid-19 con esquema completo, cuya última dosis se hubiera aplicado al menos 14 días antes de su ingreso al país, “podrán tramitar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, por única vez, una certificación consular respecto de que, como titulares de dicha acreditación, están exceptuados de la restricción de ingreso al país”.