06.05.2024 / Economía

El Gobierno amplió el alcance del Impuesto PAÍS, a quiénes afecta la medida

También deberán pagar el impuesto tanto quienes compren dólares para giros de utilidades y dividendos, y quienes suscriban los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). La alícuota será del 17,5%.





El Gobierno amplió el Impuesto PAÍS para la compra de divisas destinadas a giros de utilidades y dividendos, como para quienes suscriban los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Así, quienes compren dólares con estos fines deberán abonar una alícuota del 17,5%.

A través del decreto 385/2024 publicado esta noche en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo, se dipuso una ampliación del Impuesto "Para una Argentina Inclusiva y Solidaria" (PAÍS) implementado en la gestión de Alberto Fernández para limitar el acceso al mercado de cambiario.

El decreto señala que ante la decisión del BCRA de permitir que los importadores de bienes y servicios suscriban a los BOPREALES "por hasta el monto de la deuda pendiente de pago por sus importaciones (...)"  el Gobierno consideró adecuado "extender el alcance del impuesto PAÍS a las compras de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos y para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de tales conceptos recibidos desde el 1° de septiembre de 2019, inclusive, así como también a las suscripciones de BOPREAL que sean efectuadas a tales fines".

Según la gestión libertaria el objetivo es "continuar profundizando los incentivos a la inversión nacional que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando un sendero fiscal sostenible".

El artículo 2 del decreto publicado esta noche señala que se incorpora el "artículo 13 quinquies" cuya leyenda indica que quedarán alcanzadas para el impuesto PAÍS las siguientes operaciones:

- "Las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019, inclusive, en los términos que disponga el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) en el marco de la normativa de acceso al mercado libre de cambios". En este caso, la alícuota también será del 17,5 %.

- "La suscripción en pesos de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) emitidos por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) o de aquellos bonos o títulos que esa institución emita en el futuro con igual finalidad, por parte de quienes los adquieran en concepto de: (i) pago de utilidades y dividendos, en los términos que disponga el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) en el marco de la normativa de acceso al mercado libre de cambios y/o (ii) repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019, inclusive, en los términos que disponga el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) en el marco de la normativa de acceso al mercado libre de cambios". De igual manera que en las anteriores disposiciones, la alícuota también será del 17,5%.