El juez Contencioso Administrativo Enrique Lavié Pico habilitó la feria judicial para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad de todo el DNU de Milei, pero lo hizo a través de una vía que no cambia los amparos vigentes en el fuero laboral. Los detalles.
El Presidente recibió el primer revés judicial de su incipiente gestión por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Uno de los puntos más llamativos del fallo fue la cita al autor intelectual de la Constitución argentina de 1853, uno de los máximos referentes liberales de Milei.
La Cámara Nacional del Trabajo aceptó los argumentos de la CGT y suspendió la aplicación del capítulo laboral del DNU dictado por el Gobierno de Milei hasta que haya una sentencia definitiva.
La Cámara Nacional del Trabajo definió habilitar "frente a las particularidades del caso" la feria judicial para tratar el recurso presentado por la CGT contra el mega decreto emitido por el gobierno libertario que cambia las condiciones de contratación laboral. Los detalles.
El máximo tribunal dio vista al procurador interino, Eduardo Casal, para que determine si el conflicto es competencia o no de la Corte, al tiempo que denegó abrir la feria aclarando que se "estudiarán las cuestiones sometidas a decisión luego del receso correspondiente a la próxima feria del mes de enero".
El juez federal Ariel Lijo lo consideró a Gastón Mercanzini "autor penalmente responsable del delito de lesiones dolosas en grado de tentativa" contra el Presidente y su hermana Karina Milei.
Tras una investigación que se prolongó durante nueve meses, el juez emitió un fallo de sobreseimiento, descartando las alegaciones de un supuesto pago a intermediarios con el fin de agilizar trámites de importación.
En el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires se realizaron hasta el momento diez presentaciones judiciales contra el DNU 70/2023, que resultaron sorteadas en diferentes juzgados.Por su parte, ATE denunció penalmente al Presidente junto a "todos los involucrados" por incurrir en abuso de la autoridad y "varios delitos".
El juez Martínez De Giorgi convalidó así la idea de que no hubo espionaje ilegal ni se planificó la persecusión a sindicalistas, pese a que lo confiesan en video. En cambio, se preocupó más por la realización y filtración del material. El fiscal apeló y destrozó al magistrado. Quiénes se salvan.
El juez Sebastián Ramos falló en favor de sus colegas Ercolini, Mahiques, Yadarola y Cayssials; también del fiscal general de la Ciudad, empresarios de Clarín y un exministro PRO. Dijo que hubo una "vulneración de la privacidad" y que investigar sería una “excursión de pesca”.