Tras el fallo que plantea que
no había plena seguridad en que el gobierno de Fernando de la Rúa haya pagado o no sobornos a varios senadores del PJ para que aprobar la ley laboral,
la causa penal por las “coimas en el Senado” dejó de tener vigencia.
Javier de Luca, el fiscal de esa instancia, y los abogados de la Oficina Anticorrupción
decidieron no apelar ante la Corte Suprema debido a que los plazos procesales se agotaron de manera inexorable.
En este sentido el fiscal explicó, mediante un escrito, porque no presentaría este recurso extraordinario. Sostuvo que “no habrá tiempo material para que se tramite un eventual recurso [ante la Corte] que logre la revocación de la absolución, ordene desarrollar un nuevo debate y se concluya en una sentencia condena”.
Según explican en el diario La Nación el expediente penal se inició a mediados de 2000, después de que el matutino revelara las negociaciones en marcha entre funcionarios de la Alianza y senadores peronistas para destrabar la aprobación de la llamada ley "de Reforma Laboral".
Algunos de los que fueron
involucrados eran el entonces presidente
De la Rúa, su
secretario de Inteligencia,
Fernando de Santibáñez, su
ministro de Trabajo,
Alberto Flamarique -al que se le adjudicó decir "para los senadores tengo la Banelco"-, el presidente provisional del Senado,
Alberto Tell, y los legisladores justicialistas
Augusto Alasino,
Remo Costanzo y
Emilio Cantarero, entre otros.
En 2003 cuando Mario Pontaquarto se presentó en los Tribunales como arrepentido y declaró cómo fueron las negociaciones y los pagos, la causa avanzó notablemente. Sin embargo el Tribunal Oral Federal N° 3 absolvió a todos los acusados -incluido Pontaquarto, al que calificaron de "embaucador"- en diciembre de 2013 al considerar que no se probaron las coimas y afirmar que los hechos investigados “no existieron”.
El 4 de diciembre pasado, en tanto,
la Cámara de Casación confirmó todas las absoluciones. En este marco el fiscal De Luca planteó que no compartía la sentencia de la Casación, pero que no la recurriría "por cuanto el razonamiento para arribar a la absolución de los imputados consiste en que la prueba de los hechos no supera el estándar de la duda razonable, lo cual la hace inimpugnable mediante el recurso extraordinario federal".
Por su parte la Oficina Anticorrupción, a cargo de Laura Alonso, indicó indicaron, "sugerimos que debe consentirse la sentencia dictada".