27.01.2016 / A través de la resolución 6/2016

El Gobierno oficializó fuertes aumentos en las tarifas de luz

Los nuevos precios regirán para los consumos realizados entre el 1º de febrero hasta el 30 de abril. Habrá una “tarifa social gratuita” y beneficios para los que consuman menos que el año anterior.



Tal como lo anunció el ministro de Energía, Juan José Aranguren, se oficializó en el Boletín Oficial fuertes aumentos de tarifas del servicio eléctrico. La resolución 6/2016 establece que las nuevas tarifas  de luz regirán para los consumos realizados entre el 1º de febrero hasta el 30 de abril.

En los considerandos de la medida, se argumenta que "ante el desfasaje existente entre los costos reales y los precios vigentes, y considerando las posibilidades de pago de los usuarios y la conveniencia de prevenir un impacto negativo en la economía nacional, resulta necesario sancionar un precio estacional único a nivel nacional para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) todavía sensiblemente menor al costo real de abastecimiento del sistema".

Sin embargo, se establece una “tarifa social gratuita” para los que demanden menos de 150 kilovatios. Asimismo, tendrán beneficios quieren consuman entre 150 y 300 kilovatios  y no hayan aumentado el gasto energético respecto al año pasado.  

Por otra parte, se establece un esquema de precios de referencia para aquellos usuarios finales que tengan una demanda superior a los 300 kilovatios.

El decreto establece una “Reprogramación Trimestral de Verano" para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y establecen los siguientes precios de referencia estacionales de la potencia para el período que se extiende desde el 1º de febrero hasta el 30 de abril. 

a) Precio de Referencia de la Potencia (POTREF): 1427,60 $/MW-mes.
b) Precio de referencia de la energía en el Mercado (PEST): en horas de pico 773,02 $/MWh.
En horas restantes: 768,72 $/MWh.
En horas de valle: 763,89 $/MWh.

Los usuarios cuya demanda no alcance los trescientos kilovatios (300 kW):
- En horas de pico: 321,39 $/MWh.
- En horas restantes 317,09 $/MWh.
- En horas de valle 312,26 $/MWh.

Estos precios de referencia de la energía ($PEST), junto con el precio de referencia de la potencia ($POTREF) son los que se deberán utilizar para su correspondiente aplicación en los cuadros tarifarios que lo requieran, de acuerdo a lo determinado.
Cuando la demanda no alcance los 10 kW, sea identificada de carácter residencial en los cuadros tarifarios respectivos y cuyo consumo mensual de energía, comparado con el registrado en igual mes del año 2015, se haya reducido en, al menos, el 10% y no más del 20%.

- En horas de pico: 251,39 $/MWh.
- En horas restantes: 247,09 $/MWh.
- En horas de valle: 242,26 $/MWh.

Para los usuarios de energía eléctrica, cuya demanda no alcance los 10 kW, sea identificada de carácter residencial en los cuadros tarifarios respectivos y cuyo consumo mensual de energía, comparado con el registrado en igual mes del año 2015, se haya reducido en más del 20%.

- En horas de pico: 201,39 $/MWh.
- En horas restantes: 197,09 $/MWh.
- En horas de valle: 192,26 $/MWh.

Quienes no alcancen los 10 kW, sea demanda identificada de carácter residencial en los cuadros tarifarios respectivos y a cuyo consumo se le haya otorgado la Tarifa Social, según lo previsto en los considerandos del presente acto, para lo cual se deberá tener en cuenta que hasta un consumo mensual de 150 kWh/mes, los precios de referencia de la energía serán los siguientes:

- En horas de pico: 0,0 $/MWh.
- En horas restantes 0,0 $/MWh.
- En horas de valle $PEST.VALLE: CERO PESOS POR MEGAVATIO HORA 0,0 $/MWh.

Para el consumo mensual excedente de 150 kWh/mes y siempre que el consumo mensual total sea menor o igual al registrado en el mismo mes del año 2015, los precios de referencia de la energía serán los siguientes:

- En horas de pico: 31,39 $/MWh.
- En horas restantes: 27,09 $/MWh.
- En horas de valle: 22,26 $/MWh.