17.09.2019 / DEUDA

Polémico: El Gobierno flexibilizó el pago de bonos soberanos pero dejó a las provincias afuera

El BCRA liberó el cepo para el pago de letras del Tesoro nacional pero excluyó a las provincias y a las empresas. La decisión fue impulsada por el ministro Hernán Lacunza. De esta forma queda salvaguardada las liquidaciones en títulos públicos nacionales el pago de colocaciones provinciales y de privados continua.





El Banco Central de la República Argentina liberó el pago de dólares de los de títulos del Tesoro Nacional en moneda extranjera con legislación nacional y que están en manos de inversores extranjeros con cuentas en el exterior, informó la entidad monetaria. Se trata del caso de pagos de Letras del tesoro (Letes) u otros bonos emitidos por el Tesoro Nacional.

De esa manera, el BCRA  sólo flexibilizó el cepo versión Macri para el pago de letras del Tesoro nacional y excluyó afuera a provincias y a empresas. La medida impulsada por el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, tiende a evitar el calificativo negativo de “default técnico” pero complica a los estados provinciales y a las empresas ya que no habla de bonos corporativos.

El Directorio del BCRA lo dispuso esta noche en la Comunicación "A" 6782 en el que detalla que "lo establecido en el punto 15 de la Comunicación "A" 6770 – que es la que fijo el control de cambios el 1 de septiembre - no resulta de aplicación a las centrales locales de depósito colectivo de valores por los fondos percibidos en moneda extranjera por los servicios de capital y renta de títulos del Tesoro Nacional, que sean retransferidos al exterior como parte del proceso de pago a solicitud de las centrales de depósito".

La decisión de la entidad que preside Guido Sandleris abarca al pago de cupones o vencimientos a término de dichos instrumentos. Según la Comunicación "A" 6782, se  dispuso que la prohibición de transferir fondos a cuentas de terceros en el extranjero por parte de personas físicas no corre para "las centrales locales de depósito colectivo de valores por los fondos percibidos en moneda extranjera por los servicios de capital y renta de títulos del Tesoro Nacional, que sean retransferidos al exterior como parte del proceso de pago a solicitud de las centrales de depósito colectivo del exterior".