14.02.2020 / Frente de Todos

Legisladores y funcionarios tendrán el trabajo de diagramar la nueva fórmula de movilidad jubilatoria

Senadores y diputados fueron convocados a integrar la comisión que deberá, junto con funcionarios del Ejecutivo, confeccionar una nueva fórmula de movilidad previsional. Además, el Gobierno buscará apurar el debate sobre las jubilaciones de privilegio de jueces y embajadores.




El Gobierno nacional convocó a funcionarios nacionales pertenecientes a las carteras del Ministerio de Economía, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y a miembros de las comisiones del Congreso de la Nación para discutir la nueva ley de movilidad jubilatoria. Además impondrán el congelamiento por 180 días de los aumentos de jubilaciones de jueces y embajadores.

Las fuentes consultadas por la Agencia Télam señalaron que no se descarta que "se invite a la Corte Suprema de Justicia a que pague de su fondo de ahorro de 60 mil millones de pesos la pérdida de este año de la ANSeS con el fin de que no la padezcan en su bolsillo los trabajadores judiciales". 

La nueva normativa ingresará en las próximas horas a la Cámara y la idea es discutirla la semana próxima o, a más tardar, después de los feriados de carnaval para que ingrese en el período de sesiones extraordinarias. La cuestión de las jubilaciones de privilegio había generado polémica durante el debate de la ley de solidaridad social y reactivación productiva que se discutió en el Congreso durante enero.

Paralelamente, senadores y diputados de la Nación fueron convocados a integrar la comisión que deberá, junto con funcionarios del Ejecutivo, confeccionar una nueva fórmula de movilidad previsional para el ajuste de los haberes de jubilados y pensionados.

La invitación fue enviada por la Jefatura de Gabinete de la Nación a los presidentes y vicepresidentes de las comisiones de ambas Cámaras que tienen incumbencia en la materia: por el lado de Diputados, conformarán el cuerpo los responsables de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Previsión y Seguridad Social y de Análisis y Seguimiento de las Normas Tributarias y Previsionales.  Del Senado serán convocados los presidentes y vicepresidentes de las Comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Trabajo y Previsión Social.

Las únicas comisiones que ya se encuentran conformadas son las de Presupuesto y Hacienda de ambas Cámaras, conducidas por los diputados Carlos Heller, del Frente de Todos, y Luciano Laspina, de Juntos por el Cambio; y por el peronista Carlos Caserio y el macrista Esteban Bullrich en el caso del Senado. El resto de los cuerpos legislativos deberán ser conformados durante las próximas semanas.

La convocatoria hecha por la Jefatura de Gabinete también informa que, por el Poder Ejecutivo, fueron designados Miguel Baelo, jefe de Gabinete de Asesores; Luis Bulit Goñi, secretario de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo; y Roberto Arias, secretario de Política Tributaria del Ministerio de Economía de la Nación.

La resolución está basada en dos artículos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, sancionada por el Congreso de la Nación a fines del año pasado, que suspenden el cálculo de la movilidad previsional establecido por ley durante el gobierno de Mauricio Macri.

El artículo 55 indica que el Ejecutivo nacional "convocará a una comisión integrada por representantes del Ministerio de Economía, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y a miembros de las comisiones del Congreso de la Nación competentes en la materia”.

El objetivo es que propongan “un proyecto de ley de movilidad de los haberes previsionales que garantice una adecuada participación de los ingresos de los beneficiarios del sistema en la riqueza de la Nación, de acuerdo con los principios de solidaridad y redistribución”.

El artículo 56, en tanto, les otorga 180 días a los especialistas convocados para que revisen “la sustentabilidad económica, financiera y actuarial” y que, al término de ese lapso, propongan al Congreso de la Nación “las modificaciones que se considere pertinentes relativas a la movilidad o actualización de los regímenes especiales”.