29.05.2023 / Congreso

El Ministerio de Ambiente envió al Congreso un proyecto de ley por el bienestar animal de la fauna silvestre

La normativa busca establecer los lineamientos mínimos de conducta que las personas deben emplear con los animales silvestres y apunta a la reconversión de los zoológicos al prohíbir espectáculos artísticos con animales y la exhibición pública de ejemplares sin una propuesta educativa.





El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible envió al Congreso un proyecto de ley que fija los presupuestos mínimos para aumentar en el país los estándares de bienestar de animales de la fauna silvestre que habitan instituciones zoológicas, santuarios y centros de rescate y rehabilitación.

La iniciativa, que cuenta con amplia participación ciudadana, es la primera que busca federalizar los estándares de las instituciones en el manejo de la fauna silvestre bajo cuidado humano, cumpliendo con las máximas normativas internacionales.

A través del texto, se establecen los lineamientos mínimos de conducta que las personas deben emplear con los animales silvestres y apunta a la reconversión de los zoológicos.

En sí, el concepto de bienestar animal contempla que el ejemplar esté sano, cómodo, bien alimentado, seguro y sea capaz de expresar su comportamiento. Es decir  que se le deberá asegurar alimentos y agua; ofrecer un entorno con condiciones que garanticen la seguridad, brinden salubridad y respeten las conductas biológicas de la especie; realizar controles periódicos de su salud física; establecer condiciones de habitabilidad y procurar que el animal logre expresar su comportamiento innato y mantener sus conductas biológicas y sociales según la especie.

Además, la iniciativa prohíbe que las instituciones de este tipo realicen espectáculos artísticos con animales, como también la exhibición pública de ejemplares sin una propuesta educativa.

El proyecto también busca prohibir la reproducción de ejemplares de la fauna autóctona o exótica, salvo que esté enmarcada en planes de cría para la conservación de las especies en peligro.

La norma incluye, además, un capítulo para delitos contra la fauna silvestre para quienes, en el ámbito de un zoológico, centro de rescate, santuario u otra institución afín cometa actos u omisiones que atenten contra el bienestar animal, informaron desde el el Ministerio Ambiente a través de un comunicado.

Así, los zoológicos deberán respetar los estándares de bienestar animal en su proceso de reconversión.

Mientras que los centros de rescate,  de rehabilitación y los santuarios tendrán que contar con un diseño que considere las necesidades físicas y comportamentales de cada individuo y especie, las medidas acordes y protocolos que aseguren un trato adecuado, una evaluación de bienestar animal, el apto médico y servicio veterinario y un código de ética institucional, según se informó.



-Con información de Télam-