El Presupuesto 2026 obtuvo dictamen este viernes en el Senado sin incluir el capítulo 11 que fue rechazado por la Cámara de Diputados por contemplar la derogación de las leyes de Financiamiento Universitario y Emergencia en Discapacidad.
Carlos Guberman, secretario de Hacienda, destacó que el 82 % está destinado a gastos sociales al señalar que “el 45% destinado a previsión social, 16% a asistencia social, 11% a salarios de todo el sector público, y 9% es la cuenta de intereses de la deuda”.
"En el 18% restante quedan subsidios, el gasto universitario, esas dos cosas solas son prácticamente el 10%. Por eso, el 92% del presupuesto prácticamente no tiene mucho margen para discusión", agregó.
“Este año estamos planteando un proyecto de presupuesto que, en 2026, se mantenga en línea con lo que estamos haciendo estos últimos dos años, es decir, con un superávit financiero de alrededor de un 0,3 % del PBI”, afirmó.
Ezequiel Atauche, senador nacional de Jujuy por La Liberta Avanza, dio el anuncio a través de sus redes sociales: ¡Habemus dictamen de presupuesto! Estamos dando otro paso histórico hacia el orden fiscal para que cada argentino pueda vivir en un país estable”.
El capítulo 11 fue rechazado en la Cámara de Diputados por 123 votos contra 117. El punto incluía además artículos sobre la ley de Zonas Frías, la eliminación de la actualización de las Asignaciones Familiares, las deudas en materia de energía, y la coparticipación.
Por otro lado, La Libertad Avanza consiguió hoy tener dictamen de mayoría sobre el proyecto de “Inocencia Fiscal”, con lo cual se podrá debatir esa iniciativa en el Senado junto al Presupuesto en la sesión que se realizará el 26 de diciembre.
La decisión se adoptó en una reunión de la comisión de Justicia y Asuntos Penales-que preside el libertario Juan Carlos Pagotto- luego de analizar el texto votado por la Cámara de Diputados en la madrugada del jueves.
La ley propuesta por el Poder Ejecutivo nacional introduce modificaciones al Régimen Penal Tributario (Ley 24.769); a los Procedimientos Fiscales (Ley 11.683) y al Código Civil y Comercial de la Nación; así como también, un Régimen de Declaración Jurada Simplificada.