
Los diputados nacionales Myriam Bregman y Nicolás del Caño presentaron un proyecto de ley que propone la legalización integral del uso y autocultivo de la marihuana, como también su producción, cultivo y almacenamiento a los fines de su comercialización, con control del Estado. En los fundamentos, los legisladores del Frente de Izquierda y los Trabajadores (FIT) recuerdan que desde la sanción de la Ley de Estupefacientes, en 1989, "el negocio del narcotráfico aumentó en Argentina exponencialmente, del mismo modo que lo hicieron muchos de los problemas sanitarios vinculados al consumo de sustancias adulteradas, a la medida de un mercado ilegal".
La iniciativa establece en su primer artículo que "el cannabis, sus semillas y sus derivados son considerados sustancias de uso legal en todo el territorio de la República Argentina tanto para su plantación, cultivo, cosecha, producción y almacenamiento como para su comercialización, distribución, adquisición, tenencia y consumo". En tanto, el artículo 2 dispone que "la venta de cannabis o de cualquier producto derivado del cannabis es libre en todo el territorio nacional", mientras que "la exportación de cualquiera de estos productos deberá contar con previa autorización del Ministerio de Salud de la Nación".
Además se autoriza "la conformación de Clubes Sociales de cannabis sin ánimo de lucro y al sólo efecto de garantizar el acceso de los usuarios al cannabis, sus semillas y cualquier otro derivado de ellas". Como autoridad de aplicación, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) será la encargada de "autorizar, registrar y fiscalizar todo producto que contenga cannabis o sus derivados a efectos de su comercialización", en tanto que "lo producido mediante el autocultivo individual o colectivo para consumo personal no tendrá ningún tipo de control estatal".
Asimismo, la ANMAT deberá asegurar que se provea al público información clara sobre "los componentes utilizados en los productos elaborados con cannabis, incluyendo las fórmulas de los fabricantes". En cuanto a las restricciones, se establece que no podrán comercializarse productos elaborados con cannabis para uso recreativo en establecimientos de enseñanza de todos los niveles, estatales y privados; oficinas y edificios públicos; medios de transporte público de pasajeros; sedes de museos o clubes y salas de espectáculos públicos como cines, teatros y estadio; establecimientos hospitalarios y de atención de la salud, públicos y privados.
Además "se prohíbe fumar cannabis en todos los ámbitos dispuestos por el artículo 23 de la Ley N° 26.687 de publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco". Y quedará prohibida "la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con cannabis, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación, con excepción de los producidos con fines medicinales".
En otro orden, "el Poder Ejecutivo deberá disponer la implementación de políticas educativas, publicitarias, de difusión y concientización del uso de cannabis, con el objeto de desestigmatizar y socializar los conocimientos del uso medicinal, terapéutico y paliativo, como así también la promoción de la salud y la prevención del uso problemático de sustancias desde la perspectiva del desarrollo de habilidades para la vida y en el marco de las políticas de gestión de riesgos y reducción de daños de las mismas."
La ANMAT, en tanto, deberá garantizar la provisión gratuita de cannabis y sus derivados para "todas aquellas personas que se le indique el uso medicinal, terapéutico o paliativo", y el “Poder Ejecutivo deberá garantizar el estímulo estatal a la investigación de los usos medicinales e industriales del cannabis mediante convenios con las Universidades públicas nacionales y las organizaciones y asociaciones civiles sin fines de lucro interesadas en la materia".
Otro punto clave del proyecto presentado por Bregman y Del Caño es que desde el momento de la sanción de la ley quedará establecida "la amnistía a todas las personas denunciadas, procesadas y/o condenadas por narcomenudeo, consumo o autocultivo individual o colectivamente de cannabis o productos derivados". "Dicha amnistía importará la extinción de toda pena o acción penal respectiva, así como la eliminación de la persona de cualquier registro público vinculado con dichas causas", se agrega.