11.03.2020 / Debate

El proyecto de ley que prepara el oficialismo para regular las apps de delivery

Se trata de la creación de un estatuto específico para los más de 160 mil trabajadores de diferentes plataformas digitales. Habrá un sueldo mínimo, un máximo de horas laborales, la obligación de ART, licencias por enfermedad y accidentes y vacaciones, entre otros ítems. Todos los detalles.





Desde su aparición las plataformas de deliverys se han convertido en una solución para muchos consumidores, pero un problema para trabajadores que no tienen regulada su situación laboral. Ahora, el gobierno nacional prepara un proyecto de ley para mejorar las condiciones de trabajo de los más de 160 mil trabajadores que se desempeñan en Rappi, Glovo, Pedidos ya y Uber Eats, entre otras plataforma digitales

El proyecto busca crear un estatuto específico para este tipo de empleos y sería aplicable cuando resulte compatible con la nueva regulación. No se modifica la Ley de Contrato de Trabajo. 

Algunos de los derechos mencionados en la propueta que prepara el Poder  Ejecutivo tendrán y tienen una coalición de normas entre el mundo del trabajo y los principios general del derecho laboral.

El proyecto encuadraría la actividad como relación de dependencia. En ese sentido, los repartidores ya no serían “usuarios” sino empleados de las plataformas, a quienes deberían contratarlos.
 
Uno de los ítems más novedosos del proyecto será el de licencias por enfermedad o accidente. “Cada asalariado aportará para un fondo propio constituido por la remuneración de tres jornadas de trabajo -las acreditará el empleador- y del que podrá cobrar durante su recuperación”, remarca el texto provisorio publicado por el portal Ámbito.
Los principales puntos

SALARIO: Está compuesto por una suma fija (SMVM) y una variable que dependerá de la cantidad de repartos realizados. La jornada laboral máxima será de 48 hs. semanales y regula el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).

  CONDICIONES DE REPARTO: Si el reparto se efectúa en condiciones de lluvia, el servicio costará un 10% adicional. Por otro lado si el rodado utilizado es propiedad el repartidor, deberá sumarse un 20% a la remuneración como amortizacion rodado.

  SALUD: Las empresas deberán aportar mensualmente en base a tres remuneraciones mensuales promedio abonadas en los últimos seis meses a un fondo a nombre del trabajador, quien podrá extraerlo en caso de requerir tratamiento por enfermedad o accidente. Podrá utilizarlo en su totalidad sin pedir permiso ni entregar certificados médicos. En caso de no hacer uso del mismo, a fin de año podrá retirarlo o dejar que continúe su acumulación.

  DESPIDO: En caso de despido sin causa, el repartidor tendrá derecho a una indemnización, la cual estará compuestaLLas APPs son el Futuro del Trabajoas APPs son el Futuro del Trabajo por un sueldo por cada año trabajado, calculando el haber promedio de los últimos seis meses.

  RECIBO DE SUELDO ELECTRÓNICO: En lugar de presentar facturas, el repartidor recibirá mensualmente un certificado digital. La empresa será la encargada de efectuar el alta temprana en el sitio web de la AFIP.

  DERECHO A LA INFORMACIÓN: El trabajador tiene derecho a conocer la forma en que funciona el algoritmo y tener una instancia de defensa frente a las calificaciones de los usuarios. Las empresas no podrán discriminar a los trabajadores de acuerdo a su calificación, pero sí reducir la cantidad de pedidos en los horarios de baja demanda.

  RÉGIMEN DISCIPLINARIO: Una vez que el repartidor se loguea en la aplicación no podrá rechazar servicios. Si durante 30 días no realiza reparto alguno, las empresas podrán despedirlos por “justa causa".

  VACACIONES: El período vacacional será de un día por cada 15 trabajados.

  LICENCIAS: Las licencias NO aplican, puesto que es el propio trabajador que decide cuándo trabaja.

  OTROS DERECHOS: Las empresas deben contratar una ART, los trabajadores mantienen sus derechos a la sindicalización y la huelga.