16.05.2020 / Coronavirus

Cuarentena: la lista de las nuevas actividades exceptuadas en todo el país y en las que queda afuera al AMBA

El Gobierno nacional decidió ampliar el listado de servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Algunas actividades funcionarán en todo el país menos en la Ciudad y 40 municipios de la Provincia, mientras que otras regirán para toda la Argentina. Santiago Cafiero ya tiene lista la Decisión Administrativa, pero falta su publicación oficial para que la medida sea efectiva.




Mientras la continuidad, modalidad y evolución de la cuarentena sigue generando tensiones principalmente políticas que invlucran al oficialismo, la oposición que gobierna territorios y los dirigentes opositores sin responsabilidades de gestión, el Gobierno nacional avanza en la flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio y anunció nuevas actividades que estarán exceptuadas del confinamiento y la parálisis, aunque algunas volverán a funcionar en todo el país menos en el Área Metropolitana de Buenos Aires y otras regirán para toda la Argentina por igual.

Si bien la medida tendrá pleno ejercicio efectivo y a disposición de cada distrito una vez que sea publicada en el Boletín Oficial, ya trascendió el contenido de la Decisión Administrativa que tiene lista el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, de la que surgen las siguientes precisiones:


ACTIVIDADES QUE VUELVEN A FUNCIONAR EN TODO EL PAÍS

1. Personal de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-.

2. Profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral.

3. Las actividades de las concesionarias de los corredores viales nacionales, incluido el cobro de peaje.

4. Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.


ACTIVIDADES EXCEPTUADAS EN TODA LA ARGENTINA, MENOS LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y 40 MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA (AMBA)

1. Actividades religiosas individuales en Iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas.

2. Actividad y servicio de mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario, embarcaciones, buques y aeronaves.

3. La fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación del servicio de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o marítimo y cualquier otro que sea necesario para el mantenimiento de formaciones ferroviarias, embarcaciones, buques y aeronaves.

4. Actividad de entrenamiento de pilotos, desarrollada a través de vuelos privados, en aeroclubes y en escuelas de vuelo, con la finalidad de sostener los estándares de instrucción y de seguridad operacional; con un máximo de DOS (2) personas por aeronave, las cuales deberán usar tapabocas y mantener la debida distancia entre ellas, a fin de minimizar los riesgos de contagio.

El AMBA es la zona urbana que engloba a la Ciudad de Buenos Aires y 40 municipios de la Provincia de Buenos Aires, que son: Almirante Brown, Avellaneda, Berazatagui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López, y Zárate.

Tiene una extensión -desde Campana hasta La Plata, con límite físico en el Rio de la Plata e imaginario en la Ruta Provincial 6- de 13.285 km2. Según el censo 2010, cuenta con 14.800.000 habitantes, que representan el 37% de los habitantes de la Argentina.

En la misma Declaración, que llevará la firma de Cafiero y se publicará en el Boletín Oficial, se establece que "los desplazamientos de las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados".

En todos los casos, se insiste, "se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios y adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto".

También se recuerda que "los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.