30.04.2021 / Primero en PA

Más problemas para Macri: la UIF es querellante en la causa Parques Eólicos e investiga administración fraudulenta

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal sostuvo que se había demostrado la existencia de “una hipótesis delictiva". Ahora la UIF podrá avanzar sobre las maniobras que parecieran haber tenido por objeto el favorecimiento a empresas vinculadas con la familia del ex presidente.





La Unidad de Información Financiera (UIF) solicitó ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 7, asumir como parte querellante en la causa  N° 5021/2019 que investiga a la empresa “Albares Renovables Argentina S.A.” conformada por las firmas “Albares Renovables S.L.” y “Selena Partners S.A.” a fin de indagar una supuesta administración fraudulenta.

La causa tiene su origen en el año 2018, cuando los diputados nacionales Tailhade y Doñate se presentaron ante el Procurador general de la Nación para aportar información y documentación en la causa conocida como “parques eólicos”, que investiga el delito de defraudación contra la Administración Pública en maniobras que habrían tenido por objeto favorecer, mediante el otorgamiento de licitaciones, a las empresas mencionadas anteriormente, que son propiedad de familiares y amigos de funcionarios del gobierno anterior.

En dicha causa se analizan las operaciones realizadas por la empresa Selena Partners S.A. que, luego de ganar la licitación, fue absorbida por la empresa Pampa Energía.

La UIF sostiene que este tipo de maniobras podrían configurar tanto delitos contra la administración pública como lavado de activos. Sin embargo, en una primera instancia, el Juzgado intermitente resolvió no hacer lugar al pedido del Organismo por considerar que el lavado de activos es un delito autónomo cuya pesquisa podría ampliarse de manera independiente a la causa en curso. 

La resolución fue apelada por la UIF que expresó ante la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal los motivos por los cuales consideró que la conducta delictiva de los procesados supone una defraudación contra la administración pública como delito precedente de lavado de activos, según lo establecido por la Ley 25.246.

Finalmente, el pasado 27 de abril, en un fallo dividido la Cámara de Apelaciones resolvió conferir al Organismo de control el rol de querellante que había solicitado. Así, la Sala sostuvo que se había demostrado fehacientemente la existencia de “una hipótesis delictiva que supone un perjuicio especial, concreto y directo para los intereses puntuales que representa” en donde es posible inferir una coincidencia entre los ilícitos investigados en la causa y aquellos que tiene a su cargo la UIF.

Por tal motivo entendieron que debía “revocarse la decisión impugnada y conferir a la Unidad de Información Financiera la calidad de querellante requerida”. De esta manera, la UIF podrá investigar las maniobras que parecieran haber tenido por objeto el favorecimiento a empresas vinculadas con la familia del ex presidente Mauricio Macri.