06.07.2021 / Economía

Monotributo: cuáles son los beneficios que AFIP extendió para contribuyentes a la espera de los cambios

La principal novedad es que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante los períodos de mayo, junio y julio, a la espera de las modificaciones en el tributo que serán aprobadas próximamente. Los detalles.




A la espera de las novedades que arroje el Congreso en los próximos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) determinó oficialmente que ningún monotributista va a ser dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante los períodos de mayo, junio y julio, y que, además, quedan suspendidas las exclusiones de oficio correspondientes a julio.

Lo hizo mediante la Resolución General 5025/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, donde se garantiza que ningún monotributista sea dado de baja del régimen por falta de pago ni sea excluido mientras se perfeccionan los cambios previstos en el proyecto de ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados y espera el visto bueno final del Senado. 

Como parte de las medidas para garantizar que las y los pequeños contribuyentes puedan acceder a los distintos beneficios previstos en el proyecto de ley, el organismo fiscal definió la semana pasada que la recategorización de los monotributistas prevista para este mes se habilite una vez que finalice el debate parlamentario.

"En virtud de la pandemia de COVID-19 mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N°297 del 19 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional dictó las medidas de aislamiento y de distanciamiento social, preventivo y obligatorio con el objeto de preservar la salud de la población, hasta el 9 de julio de 2021. Que estas medidas han afectado y afectan la dinámica de la economía en su conjunto y de gran parte de lasactividades productivas, y en función de ello corresponde atender las dificultades que deben afrontar los contribuyentes y responsables respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en particular con relacióna los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes", asegura uno de sus considerandos.

Para acompañar la iniciativa que se debate en el Congreso, el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont también prorrogó el vencimiento del pago mensual del monotributo del 25 de junio último al 5 de agosto próximo. 

También hasta el 31 de julio estarán habilitados una serie de beneficios previstos en el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

Las herramientas habilitadas para aquellos contribuyentes que hayan comunicado su exclusión o renunciado al monotributo para convertirse en autónomos entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, son la posibilidad de adherir nuevamente al régimen simplificado o acceder a una reducción del saldo técnico de IVA. 

Justamente, en cuanto al procedimiento para solicitar los beneficios, éste debe ser realizado a través de la página web del organismo, siempre habiéndose logueado con el usuario correspondiente, https://www.afip.gob.ar/sitio/externos/default.asp