14.07.2021 / Relaciones bilaterales

Joe Biden agradeció a Alberto Fernández por su "contribución frente a la crisis climática"

El presidente nortemericano envió una carta a su par argentino donde destacó el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Acuerdo de París. “Creo que juntos logramos promover un compromiso a nivel mundial", dice la misiva.




El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, agradeció este miércoles a su par argentino, Alberto Fernández, por su "contribución frente a la crisis climática" según lo establecido por el acuerdo de París de 2016.

“Creo que juntos logramos promover un compromiso a nivel mundial para elevar nuestras metas en lo que respecta al clima, al mismo tiempo que resaltamos las oportunidades económicas disponibles para aquellas naciones que están dando un paso adelante en pos de cumplir este desafío y enfatizamos la urgencia de aumentar los fondos destinados al clima y de ayudar a que las naciones vulnerables se adapten”, destacó el mandatario norteamericano en la carta que dio a conocer la Casa Blanca. 

Fernández participó en abril de la cumbre climática del Clima invitado de manera personal por Biden: “Agradezco la invitación del presidente Biden y a los líderes mundiales que en este Día de la Tierra comprometen sus esfuerzos solidarios. Celebro que los Estados Unidos retomen esta agenda esencial para el futuro de la humanidad”, señaló el Presidente argentino al momento de su intervención. 

En otro tramo de la misiva, el líder demócrata convocó nuevamente a la administración local a "reiterar el compromiso de todas las naciones, especialmente las economías más importantes" en lo que respecta a los "niveles de objetivos necesarios para mantener la meta de limitar el aumento de la temperatura en 1,5 grados centígrados”.

"Debemos actuar ahora para mantener el objetivo a nuestro alcance. Me comprometo a trabajar de cerca con usted y sus colegas en los meses venideros para asegurar el éxito en Glasgow. Espero continuar trabajando juntos para afrontar la crisis climática”, amplió.



QUÉ ES EL ACUERDO DE PARÍS

El Acuerdo de París quedó abierto a la firma el 22 de abril de 2016 (Día de la Tierra) en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Entró en vigor el 4 de noviembre de 2016, 30 días después de que se cumpliera el llamado “doble criterio” (ratificación por 55 países que representan al menos el 55 % de las emisiones mundiales).
Desde entonces, las naciones ratificaron el compromiso, y alcanzan un total de 125 partes a principios de 2017.

Algunos de los aspectos clave del Acuerdo de París son: 

● Objetivo a largo plazo referente a la temperatura (artículo 2) – El Acuerdo de París, al tratar de fortalecer la respuesta mundial al cambio climático, reafirma el objetivo de limitar el aumento de la temperatura mundial muy por debajo de los 2 grados centígrados, al tiempo que prosiguen los esfuerzos para limitarlo a 1,5 grados.

● Punto máximo y neutralidad climática (artículo 4) – Para alcanzar este objetivo de temperatura, las Partes se proponen alcanzar cuanto antes el punto máximo de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a nivel mundial, y a reconocer que ese punto máximo llevará más tiempo a las Partes que son países en desarrollo, con el fin de lograr un equilibrio entre las emisiones antropógenas por las fuentes y la absorción por los sumideros de GEI en la segunda mitad del siglo.

● Mitigación (artículo 4) – El Acuerdo de París establece compromisos vinculantes de todas las Partes para preparar, comunicar y mantener una contribución determinada a nivel nacional (NDC por sus siglas en inglés) y aplicar medidas nacionales para lograrlos. También establece que las Partes comunicarán sus contribuciones determinadas a nivel nacional cada cinco años, y proporcionarán la información necesaria para la claridad y la transparencia. Para establecer una base firme para una mayor ambición, cada contribución determinada a nivel nacional sucesiva representará una progresión más allá de la anterior, y reflejará la mayor ambición posible. Los países desarrollados deberían seguir asumiendo el liderazgo mediante el establecimiento de objetivos de reducción absolutos para toda la economía, mientras que los países en desarrollo deberían seguir intensificando sus esfuerzos de mitigación, mientras se les alienta a avanzar hacia la consecución de los objetivos para toda la economía a lo largo del tiempo, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales.

● Sumideros y depósitos (artículo 5) – El Acuerdo de París también alienta a las Partes a conservar y mejorar, según proceda, los sumideros y depósitos de GEI a que se hace referencia en el apartado d) del párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, incluidos los bosques.

● Participación voluntaria / Enfoques relacionados y no relacionados con el mercado (artículo 6) – El Acuerdo de París reconoce la posibilidad de participación voluntaria entre las Partes para permitir una mayor ambición y establece principios -incluidos la integridad ambiental, la transparencia y una contabilidad sólida- para cualquier cooperación que implique la transferencia internacional de los resultados de la mitigación. Establece un mecanismo para contribuir a la mitigación de las emisiones de GEI y apoyar el desarrollo sostenible, y define un marco para los enfoques no mercantiles del desarrollo sostenible.

● Adaptación (artículo 7) – El Acuerdo de París establece un objetivo mundial sobre la adaptación, a saber, el aumento de la capacidad de adaptación, el fortalecimiento de la resiliencia y la reducción de la vulnerabilidad al cambio climático en el contexto del objetivo de temperatura del Acuerdo. Su objetivo es fortalecer significativamente los esfuerzos nacionales de adaptación, incluso mediante el apoyo y la cooperación internacional. El Acuerdo reconoce que la adaptación es un reto mundial al que se enfrentan todos. Todas las Partes deberían dedicarse a la adaptación, incluso mediante la formulación y aplicación de planes nacionales de adaptación, y deberían presentar y actualizar periódicamente una comunicación de adaptación en la que se describan sus prioridades, necesidades, planes y medidas. Deben reconocerse los esfuerzos de adaptación de los países en desarrollo.

Balance mundial (artículo 14) - Un "balance mundial", que tendrá lugar en 2023 y cada cinco años a partir de entonces, evaluará el progreso colectivo hacia el logro de los objetivos del Acuerdo de una manera global y facilitadora. Se basará en la mejor ciencia disponible y en su objetivo mundial a largo plazo. Su resultado servirá de base para que las Partes actualicen y mejoren sus medidas y apoyen y aumenten la cooperación internacional en la lucha contra el cambio climático.