03.12.2021 / Congreso

Registro Nacional de Beneficiarios Finales: el proyecto de Vallejos contra la criminalidad económica y la corrupción

La iniciativa legislativa propuesta por la diputada del FDT permitiría subsanar algunas de las observaciones que plantea el sistema de beneficiarios finales de la Argentina y sobre las que ha puesto el acento el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los detalles.




Antes de la finalización de su mandato, la diputada Fernanda Vallejos presentó este viernes un proyecto para crear el Registro Nacional de Beneficiarios Finales, que apunta a detallar quiénes son los verdaderos propietarios de las empresas fantasmas que se utilizan para cometer distintos delitos económicos contra el Estado y el país.

“La identificación de los beneficiarios finales de las empresas representa una de las principales herramientas para combatir los flujos financieros ilícitos relacionados con la evasión fiscal, el lavado de dinero, la corrupción, el narcotráfico, la trata de personas, y diversas violaciones a los derechos humanos”, señaló la legisladora del Frente de Todos.

En ese sentido, manifestó que que “las recientes megafiltraciones de información financiera dejaron al descubierto el extendido (ab)uso de complejas estructuras societarias como Panama Papers, Swiss Leaks, Paradise Papers, Bahamas Leaks o Luxleaks".

El proyecto de Vallejos consta de 13 artículos, de los cuales uno de ellos es de forma. El primero define que "el Registro Nacional de Beneficiarios Finales, dependerá del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y tendrá como “finalidad de llevar un registro centralizado y actualizado de los beneficiarios finales de toda persona jurídica y/o estructura jurídica, nacional y/o extranjero que opere en el país”

En el artículo 4, el proyecto explícita que los sujetos obligados a brindar información al Registro de Beneficiarios Finales “serán todas, personas humanas, personas jurídicas, y/o estructuras jurídicas, tales como  fideicomisos o fondos comunes de inversión, sobre las que recae o pueda recaer el deber de declarar al o los Beneficiarios  Finales ante los distintos organismos que componen la Administración Pública Nacional centralizada, los Organismos Desconcentrados, Descentralizados y los Entes Públicos con autarquía financiera, las entidades públicas no estatales y ante los organismos provinciales que así lo requieran”.

Un dato destacado es que el artículo 7 del proyecto advierte que la información del Registro Nacional de Beneficiarios Finales tendrá carácter público y será de acceso gratuito “a través de medio informáticos”, además que “será publicada proactivamente en formato de datos abiertos en las páginas webs institucionales oficiales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 

Además, la iniciativa legislativa prevé la creación de un “órgano consultivo” con el objetivo de elaborar propuestas y sugerencias técnicas para mejorar el funcionamiento del Registro. 

Por último, Vallejos reconoce que la Argentina “ha dado pasos importantes en materia de recolección de información sobre los beneficiarios finales” pero inmediatamente advierte que “la disponibilidad, practicidad y acceso a dicha información aún resulta dificultosa ya sea por razones tecnológicas, por falta de normas claras y sobre todo por la falta de un registro único y nacional que centralice la información de los beneficiarios finales de todas las personas y estructuras jurídicas nacionales y extranjeras registradas en el país"