
El los próximos días el Gobierno enviará al Congreso
un nuevo proyecto de ley de blanqueo de capitales elaborado por el Ministerio de Economía a cargo de Sergio Massa y destinado a personas físicas y a empresas que tengan activos no declarados en el país o en el exterior, que incluirá protección y beneficios para quienes colaboren con su detección, y también condiciones favorables para quienes se adhieran. La iniciativa tendría vigencia hasta fines de septiembre de 2023.
El proyecto dispone la creación del régimen especial “
Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado”, que abarca a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas con tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos).
La iniciativa establece que aquellos que decidan exteriorizar activos hasta el 31 de marzo pagarán una alícuota de apenas 2,5% sobre ese monto exteriorizado. En el caso de cuentas en el exterior, si deciden repatriar los fondos se mantendrá ese nivel, mientras que si los mantienen fuera del país se aplicará el doble de alícuota, es decir 5% , desde el 1º de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 y del 7,5%, desde el 1º de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023. Mientras que se duplicarán las alícuotas para los bienes del exterior cuando no exista repatriación.
Sin embargo,
quedarán excluidos de la posibilidad de acceder al blanqueo los funcionarios públicos. Específicamente, quienes "entre el 1° de enero de 2010 y la vigencia de la presente ley hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos".
DE QUE SE TRATA EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Al mismo tiempo, la iniciativa establece un
régimen simplificado para que pequeños y medianos inversores puedan exteriorizar activos no declarados, cuando el monto máximo no supere los 50.000 dólares. En este caso la alícuota será de solo 1,5%.
Para ingresar en este régimen simplemente habrá que presentar una declaración jurada informativa. El proyecto apunta a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta USD 50 mil.
Podría tratarse de un esquema ideal para quienes necesiten comprar un bien pero no tienen fondos suficientes, por ejemplo para un auto o un departamento.
En este caso quedan excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario (se excluyen contribuyentes de alta capacidad contributiva).
De este modo, las personas físicas o empresas que blanqueen sus activos tendrán algunos beneficios impositivos y legales. En primer lugar, no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados. Además, "se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados", explica el borrador oficial según informó El Destape.
BENEFICIOS PARA QUIENES BLANQUEEN CAPITALES
Las personas que blanqueen sus activos tendrán beneficios impositivos, dado que
no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados. Además, “se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados", explica el borrador oficial.
En cuanto a los beneficios tributarios, quienes decidan hacer uso del régimen de blanqueo
quedarán liberados del Impuesto a las Ganancias, Impuestos Internos y al Valor Agregado, Impuestos Sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.