29.05.2025 / MÁS REQUISITOS

El Gobierno formalizó la reforma migratoria con un DNU que endurece el acceso a la salud y la residencia

El Ejecutivo publicó este jueves el decreto que modifica la ley migratoria. Establece nuevas causales de expulsión, limita la residencia y condiciona el acceso a servicios públicos para quienes no sean residentes permanentes.





Este jueves se oficializó la reforma migratoria a través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 366 firmado por el presidente, Javier Milei, con el que se pone en marcha una profunda reforma migratoria. La medida, publicada en el Boletín Oficial y avalada por todos los ministros, modifica artículos clave de la ley 25.871 y endurece los criterios para el ingreso, permanencia y expulsión de extranjeros en el país.

Entre los puntos más controvertidos del decreto se encuentra el acceso a la salud pública. A partir de ahora, las personas extranjeras que no cuenten con residencia permanente deberán presentar un seguro de salud o pagar previamente el servicio para ser atendidas en establecimientos estatales, salvo en casos de emergencia.

En esa línea, artículo 8 establece: “En los establecimientos que brinden atención sanitaria administrados por el Estado nacional, solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio”.

En materia educativa, el DNU garantiza que ningún niño, niña o adolescente extranjero será excluido del sistema inicial, primario o secundario por su estatus migratorio. Sin embargo, las escuelas deberán colaborar en la regularización de la situación de los estudiantes. Se exige que “brinden orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria”.

La normativa también redefine las categorías migratorias, limitando la residencia precaria a un plazo máximo de 90 días sin posibilidad de extender beneficios. Además, se amplían las causales de expulsión y rechazo en frontera, entre ellas: presentar documentación falsa, tener antecedentes penales en Argentina o en el exterior, eludir controles migratorios, participar en organizaciones terroristas, o incluso haber sido condenado por delitos con penas menores a tres años.

El texto también aclara que los antecedentes penales comenzarán a computarse desde el procesamiento o requerimiento de juicio, y no solamente con una sentencia firme. “Se entenderá por antecedente al auto de procesamiento al cierre de la investigación penal preparatoria con requisitoria de citación a juicio o acto procesal equiparable”, indica el decreto.

Otra novedad es la creación de la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, que dependerá del Ministerio de Economía. Esta oficina tendrá a su cargo el diseño y control de planes para atraer residentes extranjeros que realicen inversiones que impulsen el desarrollo nacional. Su conducción quedará en manos de un director ejecutivo con rango de subsecretario, designado por el Poder Ejecutivo.

La Dirección Nacional de Migraciones, en tanto, podrá rechazar el ingreso al país en frontera si detecta documentación inválida, motivos falsos o riesgos sanitarios o de seguridad. Además, se establece que todos los extranjeros deberán completar una declaración jurada que detalle el motivo del viaje, el seguro médico con cobertura en Argentina y demás condiciones reglamentarias. El Gobierno sostiene que estos cambios buscan “ordenar el sistema migratorio” y reforzar los controles en un contexto de ajuste estructural.