14.03.2017 / A más de un año de estar presa

A poco de tener que decidir si libera a Milagro Sala, la Corte pidió la opinión de Gils Carbó

La Corte Suprema de Justicia decidió que la Procuradora General de la Nación opine sobre el pedido de libertad hecho por la líder de la Tupac Amaru antes de resolver sobre el caso. Deberá evaluar dos planteos, uno referido a si la dirigente social tiene o no fueros por ser diputada por el Parlasur, y el otro ligado a la "arbitrariedad" de su detención.



A la espera de la visita la CIDH a la Argentina para estudiar el caso y con el antecedente de haber impedido a ese organismo revocar sus sentencias, la Corte Suprema de Justicia dispuso que la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, opine sobre el pedido de libertad hecho por la dirigente jujeña Milagro Sala antes de resolver sobre el caso en el que la líder de la Tupac Amaru se encuentra presa hace más de un año con fuerte presión del gobernador jujeño Gerardo Morales.

Tras el dictamen de Gils Carbó, la Corte deberá resolver si le otorga la excarcelación a Sala, al considerar que por ser integrante del Parlasur tiene fueros y, en consecuencia, inmunidad de arresto.

Al resolver, el máximo organismo judicial encabezado por Ricardo Lorenzetti tendrá que evaluar dos planteos, uno de ellos vinculado con la ley que regula la elección de parlamentarios del Mercosur, la 27.120, que prevé que los representantes argentinos son "asimilados en el derecho interno a diputados nacionales".

El otro está asociado a lo solicitado por los abogados de Sala, que consideran que su detención es "arbitraria", al tiempo que denuncian que el supuesto peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación no fue fundamentado por los jueces que ordenaron su arresto.

A través de un comunicado del Centro de Información, se informa que "la Corte Suprema remitió a la Procuración recursos vinculados a la detención y prisión preventiva de Milagro Sala".

"En el acuerdo de este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió dar intervención a la procuradora general de la Nación en la causa CSJ 119/2017 con motivo del recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Milagro Amalia Ángela Sala y concedido por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, en el marco de la incidencia de nulidad de detención planteada en la causa que tramita ante la Justicia de la Provincia de Jujuy por los delitos de asociación ilícita, fraude a la administración pública y extorsión y a raíz de que ese Superior Tribunal de provincia declaró la inconstitucionalidad del artículo 16 de la ley n° 27.120 en que Sala fundó su derecho a la ´inmunidad de arresto´ dada su calidad de parlamentaria del Parlamento del Mercosur", se afirma en el texto.

Luego agrega que "asimismo, remitió a la Procuración General de la Nación el recurso extraordinario deducido por Milagro Sala en la causa ´Sala, Milagro Amalia Ángela y otros s/asociación ilícita, fraude a la administración pública y extorsión´ (CSJ 120/2017/CS1)" en el que "la defensa de Sala impugnó la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy por la cual se confirmó el auto de prisión preventiva dictado respecto de la nombrada, en la causa que se le sigue por los delitos de fraude a la administración pública, extorsión y asociación ilícita".

"Según alega la recurrente, la medida cautelar dispuesta resulta contraria al principio de inocencia y a los estándares internacionales en materia de encarcelamiento preventivo, por cuanto no estarían debidamente acreditados ni los hechos imputados ni el peligro de obstaculización del proceso. Previo a resolver, el Máximo Tribunal entendió que correspondía tomar conocimiento de la posición del Ministerio Público con relación a los planteos formulados y dispuso la vista pertinente", argumeta la Corte finalmente.