07.12.2018 / DECLARACIONES

"La prioridad debe ser preservar la vida de todos, tanto de los inocentes como de los que delinquen"

El jefe de policía de La Pampa, Roberto Ayala, rechazó enérgicamente la iniciativa del Gobierno: "El policía no debe disparar y mucho menos por la espalda" sentenció. Además, Human Rights Watch y Amnistía resaltaron que viola compromisos internacionales.



El jefe de policía de La Pampa, Roberto Ayala, criticó duramente el Reglamento que propuso la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, al sostener que el deber de los uniformados es “preservar la vida de todos”. “Se debe solicitar apoyo para interceptar a esa persona que, si huye, es porque cometió un delito que, por grave que sea, el policía no debe disparar y mucho menos por la espalda”, afirmó. Además, las ONG Human Rights Watch y Amnistía Internacional resaltaron que viola compromisos internacionales. 

En diálogo con Página 12, Ayala aseguró que no se aplicará en su provincia y explicó cómo es posible garantizar la seguridad sin violentar la ley. En esa línea, señaló que no es necesario que los agentes disparen para poder detener a una persona que se da a la fuga: "Nunca se debe tirar por la espalda”, remarcó y agregó: “No le enseñamos a nuestros policías que maten por la espalda”.

“Nosotros justamente cuestionamos que el policía haga uso de su arma de fuego cuando una persona está en fuga”, afirmó el jefe de la Policía pampeana y agregó: “Nuestro protocolo difiere en aquel detalle no menor que en este protocolo se ha establecido para las fuerzas federales y que sugiere el uso de arma de fuego cuando una persona está en fuga”, sostuvo y agregó: "La prioridad de los efectivos debe ser preservar la vida de todos,  tanto de los inocentes como de los que delinquen a quienes se debe aprehender y poner a disposición de la Justicia”. “No hay que efectuar un disparo si se tiene otras alternativas”, afirmó.

En el caso de La Pampa, el protocolo de intervención policial, vigente desde 2012, “está basado principalmente en las normas del Código Penal”. Ayala explicó que, para el uso de armas de fuego, se tiene en cuenta el artículo 34, que refiere a la legítima defensa. “Ante la inminencia, ante el riesgo que significa estar ante una persona armada, se debe proceder según la gravedad del caso”, sostuvo. “Si la persona no arroja su arma y si la dirige hacia el policía, el policía queda autorizado para disparar”, afirmó. Según explicó Ayala a Página 12, el policía debe disparar si le apuntan directamente y “antes de que el poseedor del arma dispare”.

Finalmente, al ser consultado acerca del proceder del policía Chocobar, el agente opinó: "No lo considero legítima defensa. Se tendría que haber procurado la detención. Primero y fundamental es que no tenía arma de fuego. Segundo, para detenerlo está el estado físico. Hay que comunicarse con otros agentes, mantener el contacto visual e ir informando por dónde va la persona a detener, cómo va vestido. Dar elementos para que se lo pueda identificar", concluyó.