07.08.2019 / Judiciales

La banda de espionaje: por qué Ramos Padilla procesó al periodista de Clarín Santoro y por qué no quedó preso

El juez federal de Dolores consideró que Santoro fue un integrante clave para el accionar de la banda de D’Alessio y Stornelli, entre otros, y por eso lo procesó y embargó. Sin embargo, el magistrado al que el Gobierno persigue no solicitó la prisión preventiva para el periodista de Clarín con argumentos que lo diferencian del accionar de jueces como Bonadio contra el kirchnerismo.



El juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla procesó al periodista Daniel Santoro y le trabó un millonario embargo en el marco de la causa que investiga un presunto entramado de espionaje ilegal y en la que está detenido el operador judicial Marcelo D´Alessio. La medida del magistrado se dio por los delitos de presunta tentativa de extorsión y coacción, a la vez que le dictó la falta de mérito respecto de la supuesta comisión de asociación ilícita.

Los casos por los que está siendo investigado Santoro son los del ex directivo de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) Gonzalo Brusa Dovat y el empresario dueño de la petrolera OPS, Mario Cifuentes. Además, Ramos Padilla le trabó al periodista un embargo por 3 millones de pesos. Y mantuvo el embargo sobre D'Alessio por 10 millones de pesos.

Ramos Padilla procesó al periodista de Clarín por los delitos de coacción y extorsión -este último en grado de tentativa- en perjuicio del ejecutivo de PDVSA Brusa Dovat y del empresario Cifuentes. En ambos casos lo consideró partícipe necesario. El magistrado lo embargó por 3 millones de pesos y le ordenó reglas de conducta. A la par, le dictó la falta de mérito -por ahora- en lo que hace a su participación en la asociación ilícita, a la espera de que lleguen al juzgado los expedientes de diversas causas que acreditarían las otras imputaciones que recaen sobre Santoro. Por ejemplo, su rol en los casos GNL y Porcaro.

Según su resolución -de 258 fojas-, no es descabellado que en el futuro la situación judicial de Santoro sea aún peor. Eso no implica que vaya a perder su libertad ya que el juez de Dolores no aplica la doctrina de Bonadio. Lo que se desprende del escrito es que por el caudal probatorio que se expone, se ampliará el procesamiento.

Es que para Ramos Padilla, “se encuentra acreditada la coacción de la que fue víctima el ex directivo de PDVSA Gonzalo Brusa Dovat, y la extorsión que sufrió el empresario y titular de la empresa OPS Mario Cifuentes y que para llevar adelante dichas acciones se requirió de la participación de Daniel Santoro”.

Se trata dos casos paradigmáticos que tuvieron al editor de Clarín como partícipe de la maniobra: en el primer esquema, Santoro actuó mediante un reportaje a la víctima en el restaurant Sarkis de la que participó D’Alessio y que fue publicada en el matutino porteño; mientras que en el segundo, lo hizo a través del programa Animales Sueltos, donde era panelista.

El caso Brusa Dovat, en el que el objetivo de la banda de espionaje y extorsiones era “ablandar” al ejecutivo de PDVSA para luego trasladarlo a declarar frente al fiscal Stornelli, derivó en mensajes de WhatsApp cruzados entre los integrantes de la organización criminal.

“En esas conversaciones, hasta se le hace conocer a Daniel Santoro ‘los aportes’ que realiza Ricardo Bogoliuk, a quien D´Alessio en comunicación con el periodista identifica como su ‘director de operaciones’”, dice el texto judicial. Bogoliuk, ex policía y ex AFI, está detenido en el marco de este expediente. Stornelli fue declarado en rebeldía luego de esquivar su indagatoria.

En el caso de Cifuentes, Ramos Padilla explicó: “D’Alessio, con anticipación de unas horas, le refería al dueño de esa firma OPS que ese día debía ver a Daniel Santoro en el programa ‘Animales Sueltos’, al tiempo que le exigía el pago de un millón doscientos mil dólares y le señalaba que si no pagaba esa suma, ese mismo periodista al que  ‘los jueces le tenían más miedo que al Consejo de la Magistratura’ -en propias palabras de D’Alessio- habría de publicar en el diario de mayor tirada del país una nota que lo perjudicaría, como efectivamente ocurrió”.

El día que D’Alessio le dijo a Cifuentes que sintonice el programa que se emite por el canal América, desde la mesa de Animales Sueltos que conduce Alejandro Fantino Santoro estaba hablando del Lava Jato y un tríplex que se le adjudicaba a Lula Da Silva y en lugar mencionar a la constructora brasileña OAS cambió una letra e hizo referencia a OPS, curiosamente, la firma de Cifuentes. Lo hizo en más de una ocasión.

Por estos dos hechos, Ramos Padilla procesó a Santoro. Pero dejó abierta la posibilidad de ampliar esa decisión.


POR QUÉ NO QUEDÓ PRESO



Fundamentalmente, Ramos Padilla no dejó detenido con preventiva a Santoro porque no hay razones de doctrina judicial para hacerlo. Pero simbólicamente, se puede leer que el juez de Dolores pretende ajustarse a derecho y diferenciarse del accionar del sector de Comodoro Py que modificó la jurisprudencia para apresar a ex funcionarios del kirchrismo sin fundamentos ni condena

La normativa que legisla lo mencionado es el artículo 319 del Código Procesal Penal de la Nación, donde se delimitan las razones para imponer una medida cautelar restrictiva de la libertad -la prisión preventiva- a un imputado que goza del principio de presunción de inocencia hasta tanto no esté condenado. la discusión posterior es cuándo se considera firme una condena, pero hasta tanto siquiera exista un decisión de primera instancia, las razones para meter preso a alguien son el peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

Ramos Padilla especificó que el procesado “se ha presentado ante el tribunal en su primer llamado a prestar declaración indagatoria, demostrando su voluntad de permanecer a derecho durante el trámite del expediente, por lo que, al menos de momento, no puede sostenerse que exista un riesgo de fuga por parte del periodista".

Además, el magistrado consideró "se trata de un periodista que tiene una actividad reconocida en un importante medio de prensa, con un fuerte arraigo con su profesión y su labor cotidiana, entre la que también se destaca su desempeño como docente, entre otras tantas, circunstancias más que suficientes para entender que, en el caso, el imputado no habrá de eludir la acción de la Justicia y habrá de estar a derecho cada vez que así sea requerido”.

Así disipó Ramos Padilla el riesgo de fuga. Muy distinta resolución y, más aún, argumentación, que la usada por Claudo Bonadio o Julián Ecolini, por ejemplo, para detener a personas imputadas con reconocidas y públicas actividades laborales que, además, siempre se ajustaron a derecho.

En este último sentido, en otro tramo del fallo, el juez federal de Dolores disparó de modo indirecto contra Bonadio y, de hecho, vinculó las prácticas del espionaje y la extorsión que investiga con esa modalidad de las preventivas ejecutadas desde Comodoro Py. Según explicó, "los abusos de la prisión preventiva" fueron "los que de algún modo también han dado lugar a las practicas que aquí se investigan, su dictado contribuiría a reproducir de una forma paradójica la problemática".

"Sólo mediante la colaboración conjunta de todos los actores democráticos –entre los que se destacan aquellos vinculados a los poderes políticos, judiciales y de prensa- se logrará abordar una solución a una relación problemática con los servicios y actividades de inteligencia que viene generando desde hace décadas un intenso desgaste para el Estado constucional de derecho", agregó.