31.03.2020 / Efecto coronavirus

"Esfuerzo colectivo integral": el proyecto de ley que propone el Gobierno para recortar salarios de la política

La iniciativa surge de parte del presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa y plantea recortes del 20% para aquellos que ganen 200 mil pesos o más hasta un 5% para los que perciban un salario de entre 70 y 100 mil pesos. La suma que no es considerable pese al imaginario popular creará el Fondo Nacional de Gestión para enfrentar la pandemia del COVID19.





No soluciona nada, no recauda ni 1/4 de la fortuna de los grandes empresarios o magistrados que perciben sumas estrafalarias pero en momentos de pedirles esfuerzos a la sociedad el gesto simbólico servirá para apaciguar aguas más allá de que la oposición quiera colgarse la medalla de la iniciativa del recorte a los ingresos de los políticos.

Así trascendió un borrador del proyecto de ley de Esfuerzo Colectivo General que reducirá los haberes de los trabajadores del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo en forma considerable para diagramar un Fondo Nacional de Gestión contra la pandemia del coronavirus que administrará la Jefatura de Gabinete.

En el artículo 5 del borrador se señala que "durante un periodo de 6 meses, contados a partir de la sanción de la presente ley, reténgase de forma mensual y consecutiva,sobre la retribución bruta total, mensual, normal, habitual, regular y permanente - excluyendo las asignaciones familiares-, del personal del sector público nacional comprendido en los alcances del art. 8º de la Ley Nº 24.156, el personal del PODER LEGISLATIVO, del PODERJUDICIAL de la NACION, del Ministerio Publico Fiscal, de losorganismos y entes autárquicos, autónomos, centralizados y descentralizados, empresas y Sociedades del Estado y las entidades bancarias oficiales, los siguientes porcentajes".



- el 20%, cuando esta sea igual o superior a $200.000 (pesos DOSCIENTOS MIL);

-15% cuando este sea menor a $200.000 pero superior a 150.000c)

- 10% cuando este sea igual o menor a $150.000 pero mayor a$100.000d)

- 5%, cuando esta sea menor a $100.000 (pesos cientocincuenta mil) pero mayor a $70.000 (pesos setenta mil).


Por su parte en el Artículo 2 se especifica que "los conceptos no remunerativos y/o no bonificablesdeberán computarse dentro de la retribución bruta, exclusivamente alos fines del cálculo de la reducción dispuesta".