26.08.2021 / Economía

Monotributo AFIP: paso a paso, cómo hacer si sos monotributista para obtener un crédito a Tasa Cero

El organismo estableció que recibe solicitudes de los créditos sin intereses para ser tramitados hasta fin de 2021, mientras que las entidades financieras lo harán hasta el 20 de enero 2022. Cuáles son los requisitos para acceder y cómo gestionarlo.




Finalmente el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Desarrollo Productivo, reglamentó hoy las condiciones que tienen que cumplir los monotributistas para acceder a los nuevos créditos Tasa Cero, como se conoció hoy a través del Boletín Oficialen en el marco de la reactivación económica y productiva.

Así, los contribuyentes que quieran saber si pueden acceder a esos créditos ya tiene disponibles los requisitos a los que deberán dar cumplimiento si son sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) - monotributistas- y las condiciones de financiamiento bajo las cuales se otorgará el financiamiento.

A través de la resolución 503/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno instruyó a BICE Fideicomisos en su carácter de fiduciario del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR), a remitir a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el detalle de las beneficiarias y los beneficiarios del Crédito a Tasa Cero.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada de implementar la medida fijando el monto máximo del crédito que depende de la categoría de monotributo al 30 de junio de este año, es decir, antes de que opere la recategorización de la escala.

En tanto, el Banco Central determinará las entidades financieras que reúnan las condiciones necesarias para participar en la operatoria, y solicitará a las mismas que otorguen créditos a los sujetos que resulten elegibles del procedimiento implementado por la AFIP.

Se considerará el monto máximo de los Créditos a Tasa Cero 2021, según las categorías en las que se encontraban inscriptos los sujetos adheridos al monotributo en su condición de posibles beneficiarios al día 30 de junio último.

El Gobierno estima que habrá cerca 1,5 millones de monotributistas que podrán ser objeto de este tipo de préstamos. La cartera que dirige Matías Kulfas aclaró que “en los casos de solicitantes que registren factura electrónica, por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, podrán acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre del año 2021, se verifique que su facturación no sea superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría”.


A CUÁNTA PLATA PUEDE ACCEDER CADA CATEGORÍA

- Para la categoría A, el límite máximo es de $ 90.000.
- Para la B, de $ 120.000.
- Para el resto, de $ 150.000.

-Los solicitantes de cualquiera de las categorías en la que revistan deberán solicitar, al menos, la suma de $ 10.000 o el equivalente al capital total de la deuda a pagar en virtud del beneficio acordado, cuando se encuentren en mora en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del mismo.


CUÁLES SON LAS CONDICIONES QUE SE DEBE CUMPLIR

- A los contribuyentes que se encuentren inscriptos en la Categoría A se les tomará como límite la suma de $20.800. En el caso de inicio de actividades con posterioridad al día 1 de enero de 2021, se tomará el promedio de facturación desde la inscripción hasta el cierre del semestre.

- En los casos de solicitantes que no registren factura electrónica, podrán acceder al crédito cuando el promedio mensual de compras del primer semestre del año 2021 sea inferior al 80% de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

- No podrán acceder al crédito aquellas personas que perciban ingresos en relación de dependencia o derivados de jubilaciones y/o pensiones, ni trabajadores autónomos, al igual que aquellos que presten servicios al sector público ya sea nacional, provincial, o municipal (cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades públicas).

- En el caso de inicio de actividades con posterioridad al día 1 de enero de 2021, se tomará el promedio mensual de facturación desde la inscripción hasta el cierre del semestre.

- Otra condición que se mencionó es no estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central.

- Quienes hayan accedido el año pasado a un préstamo de este tipo estarán habilitados para pedir uno nuevo. Cuando el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

- Los beneficiarios no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.


CÓMO ACCEDER A LOS CRÉDITOS TASA CERO

- Los interesados deberán ingresar a la web de AFIP y con la clave fiscal seleccionar el servicio “Crédito Tasa Cero”. Allí, se verifica si califica para solicitarlo y el monto que le corresponde. A su vez, tendrá que determinar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.

- Aquellos que hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado, podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021. Si el solicitante está en mora, parte del nuevo crédito será destinado a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

- Los créditos podrán ser solicitados a través de la página web de la AFIP hasta el 31 de diciembre de 2021. En tanto, las entidades financieras podrán recibir solicitudes de interesados hasta el 20 de enero de 2022.