20.01.2022 / AFIP

Hoy vence el plazo para la recategorización del Monotributo: ¿Cómo realizar el trámite?

El organismo que conduce Marcó del Pont puso este jueves 20 como fecha límite para realizar -en caso de ser necesario- el cambio de categoría, el cual se puede llevar a cabo desde la página web o la app de la AFIP. ¿Qué se datos necesitás y cómo se hace?





Es el último día que estará habilitada la recategorización del monotributo en la página de la Agencia Federal de Ingresos Públicos, las y los contribuyentes deben controlar los ingresos de los últimos 12 meses y cotejarlos con los valores actualizados que se encuentran disponibles en monotributo.afip.gob.ar para determinar si tienen que cambiar de categoría.

Además de los ingresos brutos deberán tener en cuenta los consumos de energía eléctrica, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad. Quienes mantengan la misma categoría no necesitan realizar ningún trámite.

Para realizar la recategorización es indispensable contar con la CUIT, la clave fiscal y el Domicilio Fiscal Electrónico declarado y confirmado. Pasos para realizar la recategorización:

1) Ingresar a la web monotributo.afip.gob.ar o bien descargar la aplicación móvil en afip.gob.ar/celular/apps/mi-monotributo.asp
2) Indicar CUIT, clave fiscal y presionar "aceptar".
3) Seleccionar la opción "Recategorizarme" (en esta opción se podrá observar en carácter informativo, los datos que posee la AFIP sobre la situación tributaria)
4) Seleccionar la opción "Continuar recategorización".
5) Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc.).
6) Indicar la opción "Imprimir credencial".

Al concluir, el sistema emitirá el Formulario 184 como comprobante de la recategorización realizada y la nueva Credencial de Pago.

El nuevo importe que corresponda por la categoría seleccionada se abonará en febrero, el mes que viene. No corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el régimen simplificado, en cambio si el período es entre 6 y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.

Los contribuyentes que hayan abonado en tiempo y forma al menos 9 de las 12 las obligaciones mensuales de 2021 accederán al reintegro de un mes del componente impositivo y que será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito, adheridas como medio de pago.