13.06.2022 / Entrevista PA

¿Por qué el proyecto de ampliar la Corte Suprema es constitucional?: lo explica Barcesat

El jurista dialogó con Política Argentina sobre la iniciativa del oficialismo tendiente a ampliar la cantidad de integrantes del máximo tribunal argentino a 25 miembros. También rechazó las declaraciones de Carlos Rosenkrantz y manifestó sus inquietudes respecto de los planteos de Horacio Rodríguez Larreta en relación a la “devolución” de fondos coparticipables.

por Walter Sosa




El abogado Eduardo Barcesat se mostró en sintonía con el proyecto del Frente de Todos para modificar la cantidad de miembros de la Corte Suprema de Justicia. “Estoy de acuerdo con el proyecto porque creo que la actual Corte ha perdido total credibilidad ante la opinión pública, cimentada por el fallo ultrajante del saber de los juristas. De modo tal que apoyó vivamente la conformación de una nueva Corte Suprema”, sostuvo.

A su entender, el proyecto vendría a acercarse a lo que dice el articulo 1 de la Constitución Nacional respecto de que el Gobierno tiene que ser representativo, republicano y federal. “Esto ayuda al federalismo. Mejora la representatividad porque el federalismo significa la totalidad del territorio y suman representantes”, consideró Barcesat para quien “en la medida en que actué, dividida en salas o por sorteos de temas o materia que se divida previamente se van a poder hacer cargo de los 11 mil expedientes que llegan por año al Máximo Tribunal”.

También recalcó que “la mayoría de los expedientes son rechazados como una formula que exime llegar al fondo de la cuestión, simplemente porque los recursos no reúnen los elementos del remedio federal y por eso los expedientes terminan sin pronunciamiento, y frustrando las expectativas justiciables”.

SUS DOS PROPUESTAS

También habló sobre dos modificaciones a hacer en el Código de Procedimiento. La cuestión de la autorización al máximo tribunal de “deshacerse de causas sin analizarlas” y de la necesidad de poner plazos para su análisis.

“Lo que propongo es que hay suprimir el artículo 280 del Código de Procedimiento que es el que autoriza a la Corte a deshacerse sin analizarlos y la otra reforma es la de poner plazos para el funcionamiento de la Corte, en el sentido de emitir las resoluciones o las sentencias definitivas”, sostuvo Barcesat para quien “los procedimientos terminan siendo resabios de un poder monárquico y tenemos que fortalecer el carácter republicano. Por ello, estas dos reformas que propongo tienen que estar en la futura ley organizativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

SOBRE LAS CRITICAS DE LARRETA Y LA ESPERA POR EL FALLO RELATIVO A LOS FONDOS COPARTICIPABLES

Por otra parte, cuestionó las criticas del jefe de Gobierno porteño a dicho proyecto. Sucede que Larreta está esperando el fallo de la Corte relativo a la devolución de los fondos coparticipables.

Barcesat ha opinado a favor de la postura del gobierno nacional y de los gobernadores, “porque el incremento que se le dio a CABA es absolutamente incompatible para la paridad del resto de las provincias, en función de población y territorio”. De manera que bregó para que el fallo devuelva a la Ciudad de Buenos Aires a la situación previa, es decir, al 1,46 por ciento. Ahora, está en el 3,54. “Ese crecimiento ha sido una dadiva para el crecimiento político del gobierno de CABA en detrimento de los gobiernos provinciales, muy especialmente, el bonaerense que percibe una alícuota muy inferior en proporción”, consideró.

SOBRE LOS ARGUMENTOS DE CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO

¿Por qué el proyecto del Frente de Todos es constitucional? A los ojos del letrado por dos puntos: se correlaciona con el articulo 1 de la CN y además la carta magna de la Nación no establece la cantidad de integrantes a componer.

“Es perfectamente constitucional. El hecho de que a algunos no les guste, no significa que sea lo contrario. Después de la Reforma del ´94, no se establece ningún número de ministros para integrar el Tribunal”, dijo Barcesat al mostrarse muy expectante y sostener que “esta Corte va a cumplir dos funciones: la de Tribunal de Casación, relativa a revisar arbitrariedad de sentencias de tribunales inferiores, y para que tenga la preparación de tratamiento en materia de constitucionalidad y convencionalidad”.

SOBRE LAS DECLARACIONES DE ROSENKRATZ

“No toda necesidad tiene consecuentemente un derecho”, esa es la idea que había expresado el ministro de la Corte Carlos Rosenkrantz en una exposición sobre derecho. Barcesat, que es docente de Fundamentos filosóficos de los derechos, se refirió al autor intelectual del pacto de derechos económicos de la ONU, que es una de las normas de mayor jerarquía de los DDHH y que dice que cuando un país adquiere un catalogo de derechos sociales y económicos, no solo se obliga a trabajar por el uso y goce de los derechos, sino que adquiere una obligación de resultados, es decir, lo que está en la norma tiene que estar en la vida cotidiana y material, ese resultado es exigible porque sino no sería derecho. “Si no, sería una monserga moral o un discurso político”, recalcó.