El
máximo tribunal rechazó la apelación de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual contra la medida cautelar para el Grupo Clarín que suspendió el “procedimiento de transferencia de oficio” para que se adapte a los límites antimonopólicos establecidos por la ley 26.522.
Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Elena Highton de Nolasco determinaron que siga en vigencia la medida cautelar dictada por el juez en lo Civil y Comercial Horacio Alfonso, ratificada el 5 de febrero de 2015 por la Cámara.
Después que se declare constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual,
el Grupo Clarín presentó una propuesta de adecuación pero según la Afsca las licencias que transfería estaban vinculadas con accionistas de la empresa.
En este marco
el organismo decidió llevar adelante el proceso de “adecuación de oficio” pero se suspendió por una acción de amparo de parte de los abogados del multimedio que obtuvieron una
medida cautelar que dispuso “la suspensión de los efectos de la resolución Afsca1121/14 y del procedimiento de transferencia de oficio por el plazo de seis meses, bajo caución real de un millón de pesos”.
Contra ese nuevo fallo, la Afsca, a través de los abogados Mariano Przybylski, Sergio Zurano y Dalila Seoane, y el Estado nacional, a través de Damián Garat y Martín Monea, recurrieron a la Corte Suprema, que en rehusó su tratamiento afirmando que la resolución recurrida "no es una sentencia firme", por lo que no habilitaría su tratamiento.
“Una vez más una parte del poder judicial actúa a favor de un grupo empresarial”, sentenció Martín Sabbatella en diálogo con radio Del Plata.