05.05.2020 / Provincia

La Corte bonaerense suspendió la resolución colectiva sobre arrestos domiciliarios vinculada al coronavirus

El máximo tribunal de Buenos Aires hizo lugar al recurso de queja presentado por el fiscal de Casación, Carlos Altuve, con lo que dejó sin efecto el fallo del Tribunal de Casación Penal que habilitaba la prisión domiciliaria para detenidos que formaran parte de grupos de riesgo y no hubieran cometido delitos violentos. Deberá fallar sobre la cuestión de fondo en los próximos días.




Mientras el debate encuentra posiciones encontradas en la sociedad, la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires hizo lugar al recurso presentado por un fiscal y suspendió provisionalmente el fallo del Tribunal de Casación Penal que impulsó el habeas corpus colectivo sobre arrestos domiciliarios vinculado a la pandemia del coronavirus.

Así, el maximo tribunal de la justicia bonaerense dispuso suspender los “efectos de la decisión cuestionada" hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. La presentación se hizo a raíz del fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal, que con la firma de Víctor Violini, concedió de manera parcial un pedido de habeas corpus colectivo presentado por los defensores oficiales bonaerenses.

En ese texto, solicitaban que se otorgue el arresto domiciliario para determinados grupos de personas, detenidas por “delitos leves” o personas en situación de riesgo de salud, debido a que las condiciones de hacinamiento de las dependencias penitenciarias y policiales se agravan ante la situación de emergencia sanitaria.

En la resolución, Violini dispuso hacer lugar, mientras se prolongue el aislamiento social, preventivo y obligatorio, a los pedidos de arresto domiciliario para las personas detenidas por la comisión de “delitos leves identificadas en los listados aportados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Seguridad que se acompañan”, los cuales “deberán implementarse desde el Juzgado o Tribunal que tiene a su cargo a cada prevenido".

También dispuso que respecto de las personas que se encuentren en situación de riesgo, pero imputadas o condenadas por la comisión de “delitos graves”, lo que debería ocurrir es que “cada situación sea analizada por parte del Juzgado o Tribunal que tiene a su cargo a cada prevenido, evaluando la necesidad u oportunidad de disponer una medida de arresto domiciliario”.

En ese sentido, agregó que deberá considerarse deberá deberá considerarse la integridad psicofísica de la víctima  o bien asegurar el aislamiento sanitario dentro de la Unidad Penitenciaria.

Ante ese fallo, el Fiscal de Casación bonaerense, Carlos Altuve, apeló, pero el Tribunal de Casación no hizo lugar a su presentación. Es por eso que luego presentó un recurso de queja que llevó la causa al máximo tribunal provincial.

En los argumentos de la apelación, Altuve sostuvo que “se ha vulnerado la garantía del juez natural que debe conocer en la situación de privación de libertad de las personas que se encuentren a su disposición, otorgando el arresto domiciliario a un número indeterminado de personas”.

Si bien el máximo tribunal de Justicia admitió el recurso, aún no resolvió la cuestión de fondo. Ahora, la Suprema Corte bonaerense quiere escuchar a los distintos actores judiciales que protagonizan la dicusión: le pidió su opinión al Procurador General, Julio Conte Grand, jefe de los fiscales; y al defensor ante Casación, Mario Luis Coriolano, que representa a las 19 defensorías generales que pidieron el hábeas corpus al que hizo lugar el juez del Tribunal de Casación, Víctor Violini, en un fallo dictado el 9 de abril pasado que quedó en el ojo de la tormenta.

Los dictámenes de Conte Grand y Corigliano, más los antecedentes del expediente, servirán a los jueces de la Corte Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Sergio Torres para definir los lineamientos de su resolución.