07.09.2020 / Economía para la pospandemia

ATP 5: para reactivar el empleo, se reintegrará hasta el 100% de los créditos a empresas que contraten trabajadores

Con la idea de combatir el problema de empleo heredado y profundizado por la pandemia, el Gobierno confirmó que reintegrará desde una porción hasta el total de los créditos a tasa subsidiada a aquellas firmas que perciban beneficios del ATP y mantengan sus plantas o sumen nuevo personal en los próximos doce meses. Mirá los detalles.




Mientras atiende la crisis sanitaria producto de la pandemia del coronavirus y lidia con los palos en la rueda que pone la oposición para bloquear o retrasar la gestión y el Congreso, el Gobierno nacional intenta diseñar medidas para reactivar la economía para la pospandemia: el Estado reintegrará hasta el 100% de los créditos a empresas que contraten trabajadores en los próximos 12 meses en el marco de la continuidad del ATP.

Lo que hará el Gobierno es devolver entre una pequeña porción y el 100% de los créditos a tasa subsidiada a aquellas firmas que perciban beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción y que mantengan su planta o contraten personal en el próximo año, como parte del diseño de la quinta etapa de esta política lanzada para sostener la actividad durante la pandemia del coronavirus.

El Ministerio de Desarrollo Productivo dio a conocer los detalles del Crédito a Tasa Subsidiada Convertible para aquellas firmas cuya variación de la facturación nominal de julio haya estado entre 0% y 40%, que contará con garantía del FOGAR, y una tasa del 15%, con tres meses de gracia, a ser devuelto en 12 cuotas.

“El ATP es una herramienta que ha sido fundamental para sostener el empleo. En Argentina tuvimos una caída del empleo que fue menor a la de Brasil o Chile, por citar algunos ejemplos. Vemos que muchas empresas han logrado en poco tiempo volver a producir, a recuperar facturación, y el ATP fue un puente importante”, defininó el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, según consignó el portal ámbito.com.

Las empresas que cumplan con las metas de empleo y con el repago del crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo (vía el FONDEP). Esas metas serán trimestrales e implicarán una comparación contra un mismo período de 2019 ó 2020. Esas exigencias serán menores y los beneficios más importantes para las empresas más chicas, mientras que a mayor número de empleados se incrementan los requisitos.

La cartera de Desarrollo Productivo evaluará al final de la vida del crédito el desempeño de la firma en materia de empleo. Los beneficios y las metas de empleo serán diferentes según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa. Se clasificará a las empresas en 4 tramos: de 1 a 9 trabajadores, de 10 a 39, de 40 a 199 y de 200 a 800.

Para ser beneficiaria del reembolso, la empresa deberá tener al día la presentación del Formulario 931 AFIP, mientras que el reintegro será nulo si la empresa tiene empleados suspendidos en el período que se utiliza para la comparación.

La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de 2020. Las cuatro metas de empleo serán evaluadas siempre con este criterio: si la empresa a lo largo de 2021 pasara de tener, por ejemplo, 8 empleados a 12, se la seguirá evaluando con el criterio de las de 1 a 9.


CÓMO SERÁ LA RELACIÓN ENTRE CREACIÓN DE EMPLEO Y REINTEGRO

La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de 2020. 

- Las empresas de 1 a 9 trabajadores que, en la comparación entre trimestres hayan mantenido nómina, serán beneficiadas con el reintegro al 5% del crédito (contando capital e intereses). De este modo, si en las cuatro metas mantuviera empleo respecto al período base, se le devuelve el 20% del crédito. Sin embargo, en el caso de las firmas de este grupo que hayan incrementado su nómina en 1 trabajador, serán beneficiarias con el reintegro del 15% del crédito por cada meta trimestral cumplida, por lo que alcanzarían el 60% del crédito al final del período. Las que hayan incrementado su nómina en 2 o más trabajadores, serán beneficiarias con el reintegro del 25% del crédito por cada meta trimestral cumplida. De esta manera, si en las cuatro metas se cumpliese con este objetivo, se le reintegraría el 100% de las cuotas pagadas al final del período.

- Para las firmas de 10 a 39 trabajadores que, en la comparación entre trimestres hayan mantenido nómina, serán beneficiadas con el reintegro del 2,5% del crédito por cada meta. Si se replicara esto en las cuatro metas, el reintegro total por haber mantenido nómina sería del 10%. Las que hayan incrementado su nómina en 1 trabajador, serán beneficiarias con un reintegro del 10% del crédito (40% si se mantuviera en las cuatro metas). Las que hayan sumado dos trabajadores, serán beneficiarias con el reintegro del 15% del crédito por cada meta (60% en las 4 metas). Si incorpora 3 trabajadores serán beneficiarias con el reintegro del 20% por cada meta (80% en las 4 metas). Si incorporan 4 o más trabajadores tendrán un reintegro del 25% por cada meta (100% del crédito si se replicara en todas las metas).

Las empresas de 40 a 199 trabajadores que, en la comparación entre trimestres hayan mantenido nómina, serán beneficiadas con el reintegro de $20.000. Por cada trabajador adicional que se incremente en la comparación trimestral, el reintegro será de $40.000 adicionales, con un tope de $380.000 trimestral. Si esta performance se replicara en las cuatro metas, el total a reintegrar será de $1.520.000.

Para las empresas de 200 a 800 trabajadores el esquema es similar, pero sin reintegro si la firma mantiene nómina. El reintegro comienza a operar sólo si la empresa incrementa su personal en la comparación contra el período base.