10.11.2021 / Fondos Buitre

El Juicio contra Argentina en un tribunal de Nueva York por los "cupones PBI"

Pese a que esperaban una resolución a favor, los cinco fondos buitre que demandan a la Argentina deberán presentar documentación de cuándo y por qué compraron los cupones PBI. Lo pidió la jueza al favorecer la estrategia argentina que rechaza la pretensión buitre.




La jueza Loretta Preska a cargo del tribunal del distrito sur de Nueva York instó a los cinco fondos de capital que demandan a la Argentina por los pagos de los bonos atados al PBI a presentar documentación relacionada al momento de la compra de los bonos y el financiamiento de los mismos. Fue por un pedido de Argentina -y que los fondos intentaban evitar- para obtener información necesaria que permita elaborar una estrategia de defensa en base a la doctrina Champerty.
 
La decisión la tomó la jueza durante una convocatoria solicitada por ambas partes este mediodía en el marco de la demanda por los pagos de los bonos atados al PBI que se emitieron en los canjes de deuda de 2005 y 2010 (denominados "Cupones PBI"). Durante el proceso de discovery las partes solicitan a la otra información como insumo para preparar estrategias de cara a la audiencia del juicio, que aún no tiene fecha.
 
Argentina había requerido esta información a pesar de que los fondos aseguraban que la etapa de discovery le correspondía sólo al país, que era el que había incumplido con lo pactado. Sin embargo, la jueza determinó que la información es relevante, incluso rechazando un pedido de la parte demandante hacia el final de la convocatoria que, una vez tomada la decisión, ofreció realizar una descarga por escrito para que la jueza revea si realmente es necesaria esa información.
 
A pedido de los fondos demandantes, Preska ordenó también que Argentina amplíe la búsqueda de información en Presidencia y Jefatura de Gabinete sobre el cambio del año base de 1993 a 2004 para las estadísticas del Producto que calcula el Indec. Hasta ahora, la búsqueda y análisis de documentos se viene haciendo en un período que abarca el 2004 hasta el 2016 cuando el FMI levanta la censura de las estadísticas, aplicando palabras clave de búsqueda -como PIB- acordadas con los demandantes en bases de datos de expedientes y electrónicas en tres organismos: el Indec, el Ministerio de Economía y la Secretaría Legal y Técnica de Presidencia. Una vez obtenidos los documentos, se los analiza y al entender que son relevantes se presentan en la etapa de discovery. Con esta orden, Argentina deberá ampliar la búsqueda a los dos organismos antes mencionados.
 
De esta forma, ambas partes se llevaron tareas para el hogar en esta etapa de discovery o presentación de pruebas que tiene como fecha límite el 15 de diciembre. Una vez terminada esta etapa y con la información relevada, los peritos analizarán la documentación y realizarán informes para luego comenzar el juicio, que aún no tiene fecha de inicio pero probablemente no sea antes de la segunda mitad de 2022. Será en esa instancia donde se resolverá si los demandantes o la Argentina tienen razón.
 
CUPÓN PBI
 
Los cinco fondos- cuyo principal demandante es Aurelius Capital que es uno de los buitres que había ganado el juicio contra el país derivados del default del 2001- reclaman el pago del cupón del PBI de 2013. Afirma que la tasa de crecimiento de 2,96 por ciento que verificó el Indec y que no llega a superar el 3 por ciento que activaría el pago está calculada de manera errónea.
 
Los fondos rechazan el cálculo realizado ese año porque se modificó el año base de 1993 a 2004 y están convencidos de que el país creció más por lo que les correspondería cobrar el cupón. Alegan que el cálculo se hizo de mala fe y que la Argentina tenía la obligación de hacer que el Indec siguiera publicando los datos del PBI real a precios de 1993 durante la vigencia de los títulos, en 2035.
 
La defensa en cambio explica que el año base se cambió en 2014 por un criterio estrictamente estadístico -los organismos internacionales recomiendan que se cambie cada diez años y habían pasado ya veinte de 1993 a 2013- y especifica que en ningún lugar del contrato se encuentra la obligación de seguir calculando al año base anterior para respetar la serie hasta 2035.  A pesar de considerar que los reclamos de las demandantes no podían ser desestimados, la jueza estuvo de acuerdo con la opinión de la Argentina de que no existía un deber implícito bajo los Cupones PBI de que el Indec siguiera publicando el PBI real en precios de 1993.
 
DOCTRINA CHAMPERTY
 
La decisión de Preska fue importante para la defensa Argentina ya que permite avanzar hacia una estrategia clave en los conflictos sobre deuda soberana, que tiene que ver con la legitimidad de reclamos de los fondos. La doctrina Champerty prohíbe la compra de deuda con el objetivo de iniciar reclamos legales en la jurisdicción de Wall Street, donde se dirimen conflictos sobre deuda soberana. Fue originada en el derecho anglosajón y se encuentra presenta en la Ley del Poder Judicial de Nueva York, que expresa que “... ninguna persona natural o jurídica (...) puede comprar documentos de crédito vencidos (...) con la intención y el propósito de interponer una acción o un proceso judicial con respecto a la misma”. Es por este motivo que Argentina solicita información o comunicación que refiera al interés de los fondos buitre en los cupones, el motivo para adquirirlos e incluso el financiamiento utilizado y cualquier intento posterior de cederlos.