18.08.2025 / DISCAPACIDAD

Mala para Milei: revés judicial al veto a la Emergencia en Discapacidad



La Justicia Federal de Campana declaró inválido, en un caso de amparo, el artículo 3 del Decreto 534/2025 con el que el Poder Ejecutivo vetó la Ley 27.793. El alcance es acotado a las personas demandantes, pero el fallo supone un precedente que golpea la estrategia oficial y reordena el escenario para nuevas presentaciones.





El juzgado respondió a una acción iniciada por dos personas contra el Estado Nacional y resolvió un revés para el Gobierno al invalidar el núcleo del decreto que anuló la Emergencia Nacional en Discapacidad. La sentencia deja claro que sus efectos se circunscriben al expediente, aunque abre una brecha jurídica que otros tribunales pueden considerar.

En el caso concreto, el juez ordenó comunicar a la obra social de dos menores —identificados como B.N. e Y.N.— para que adecúe las prestaciones conforme regía bajo la ley de emergencia, ahora restituida para ellos. También impuso que las costas del proceso queden a cargo del Estado Nacional.

La periodista Vanesa Petrillo difundió la resolución y subrayó que el alcance no es general. Aun así, se trata de la primera decisión que anula los efectos del veto presidencial en materia de discapacidad y, de mínima, habilita a que familias y organizaciones promuevan amparos similares en otros juzgados del país. El Gobierno conserva la posibilidad de apelar.

En paralelo, agrupaciones de personas con discapacidad preparan manifestaciones contra el veto presidencial, un reclamo que se vuelve más audible tras este pronunciamiento. El fallo expone la fragilidad del andamiaje legal del decreto y agrega presión al oficialismo en un terreno sensible, donde la ampliación de derechos y la protección de prestaciones impactan de lleno en la vida cotidiana.