26.06.2014 - 11:06 /

Griesa frenó el pago a los bonistas pero sin embargar

Publicó hoy en los principales matutinos del país una solicitada destinada a los tenedores de deuda argentina que entraron al canje y aseguró que es obligación del agente fiducidario mantenerlos en beneficio de los tenedores


El  juez Thomas Griesa  afirmó que el pago que realizó la Argentina a los bonistas que ingresaron al canje "es ilegal y no va a ser realizado", y encomendó a las partes a negociar con el mediador Daniel Pollack pero no embargó los bienes que depositó el país.

El gobierno nacional publicó hoy en los principales matutinos del país una solicitada destinada a "los tenedores de deuda argentina" de los canjes de 2005 y 2010, para informales que la Argentina depositó 539 millones de dólares en el Bank of New York para pagar los próximos vencimientos de intereses.

El aviso había sido adelantado ayer por el ministro de Economía, Axel Kicillof, en conferencia de prensa y hoy se conoció el texto que señala: "En cumplimiento de las obligaciones asumidas en el Trust Indenture de fecha 2 de junio de 2005 modificado el 30 de abril de 2010, frente a los tenedores y al agente fiducidario (Bank of New York Mellon - BoNY) ha procedido al depósito de las sumas correspondientes a los próximos vencimientos de intereses a ocurrir el 30 de junio" y agrega: "Esas sumas ascienden al equivalente a 539 millones de dólares estadounidenses, los cuales deberán ser distribuidos por el agente fiducidario a todos y cada uno de los tenedores, conforme al Trust Indenture mencionado"



Por otra parte, el juez Griesa decidió, después de conocer la noticia, no hacer lugar al pedido de argentina de levantar temporalmente la decisión que obliga al país a pagar a los fondos buitre y dejó abierta la posibilidad de que se embarguen los fondos depositados. Es por ello que la solicitada asegura: "Los importes así depositados y a disposición del agente fiducidario son propiedad fiducidaria de los tenedores, siendo obligación del agente fiducidario mantenerlos en beneficio de los tenedores, hasta su liquidación y pago, no existiendo ningún interés de la República Argentina sobre tales importes una vez depositados"

Finalmente, agrega en la misma línea: "El presente aviso se publica con el objeto de comunicar a los tenedores adherentes de los canjes de deuda soberana argentina de 2005 y 2010 el efectivo cumplimiento de la República Argentina respecto a sus obligaciones frente a aquéllos, los prospectos respectivos, en el marco de la legislación argentina y extranjera aplicables, deslindándose cualquier responsabilidad y/o cumplimiento que pretenda imputársele a la República". También recuerda el compromiso argentino de honrar sus deudas con el 100 por ciento de los acreedores de manera justa, equitativa y legal.