16.04.2015 / Para defender el bolsillo del usuario

La Defensoría porteña denunció a Movistar por el cobro indebido de paquetes de datos

La Defensoría del Pueblo ordenó a la empresa Movistar la suspensión inmediata de los nuevos planes que incluyen el cobro de bloques adicionales para uso de datos móviles y le reclamó que restablezca los planes de Internet ilimitada.




Debido a los múltiples reclamos de los clientes, Alejandro Amor, defensor del Pueblo porteño, presentó hoy un escrito en la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo para que la compañía Telefónica Móviles Argentinas S.A. (Movistar) haga la suspención “inmediata” de los nuevos planes de navegación de Internet.

Según el documento, el objeto está dirigido a “denunciar la conducta irregular, ilegal y en infracción” a la Ley de Defensa al Consumidor (LDC) de la empresa Movistar “con motivo de su decisión de imponer de manera unilateral y abusiva, una modificación en las condiciones de contratación” al eliminar la navegación ilimitada de Internet y aplicar, “compulsivamente” packs de navegación con costo adicional para los usuarios. Los nuevos bloques de datos, que se activan de forma automática, tienen un costo de $3,30.

Además, se imputó a la empresa por no cumplir con la correcta notificación de los cambios a los clientes, que deben ser anunciados con dos meses (60 días) de anticipación, como mínimo. La omisión de estos datos representa una violación al deber de información del usuario, plasmado en el artículo 4º de la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, que establece que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”. Amor señaló que “la empresa omitió o eludió brindar a sus usurarios la información (veraz, adecuada y suficiente) sobre los cambios operados”.

Otro de los puntos que remarcó la denuncia fue la forma de contratación de los planes por parte de Movistar, que se realiza a través de formularios preimpresos con cláusulas predispuestas por el proveedor que no permiten ningún tipo de discusión sobre su contenido. Esto significaría una desigualdad en el poder negocial de las partes, lo que puede producir “desequilibrios en la relación contractual en perjuicio de la parte más débil, es decir, del usuario como simple adherente”.