12.03.2020 / Salud pública

Coronavirus: Alberto decretó la emergencia sanitaria por el plazo de un año y avanzan las medidas de prevención

El Presidente firmó la norma que amplía la emergencia sanitaria a un año y determina, entre muchas decisiones, la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas durante el plazo de 30 días, establece la cuarentena obligatoria de 14 días para evitar el contagio y autoriza a fijar precios máximos para insumos como barbijos y alcohol en gel.




Tras conocerse que la normativa había sido firmada y hacerse oficial que hay 10 nuevos casos de coronavirus de los cuales tres son no importados, cerca de las 18 finalmente se publicó el Decreto de Necesidad de Urgencia del gobierno de Alberto Fernández que avanza con diversas medidas destinadas a prevenir el contagio en la Argentina y busca contener la aparición de lo que técnicamente se denomina diagnosticados "autóctonos".

En el texto, que lleva la firma de Fernández y de todos los ministros del gabinete, se declara la emergencia sanitaria por el plazo de un año.

“Amplíase la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el que podrá ser prorrogado en caso de persistir la situación epidemiológica”, sostiene el primer artículo.

El decreto también faculta al Ministerio de Salud como la autoridad de aplicación y le permite “disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario”; “difundir en medios de comunicación masiva y a través de los espacios publicitarios gratuitos asignados a tal fin en los términos del artículo 76 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, las medidas sanitarias que se adopten”; “realizar campañas educativas y de difusión para brindar información a la comunidad”; “recomendar restricciones de viajes desde o hacia las zonas afectadas”, entre otras cosas.

Uno de los puntos más destacados del DNU es la suspensión por 30 días de todos los vuelos internacionales procedentes de los países afectados por el coronavirus: China, Corea del Sur, Japón, Irán, Estados Unidos y todos los países de Europa.

También estableció la cuarentena obligatoria de 14 días para evitar el contagio. Esta será para todos los argentinos que regresen al país desde las zonas afectadas pero también para aquellos extranjeros que lleguen desde esos mismos destinos.

Además, la medida faculta a la cartera que conduce Ginés González García, junto con el Ministerio de Desarrollo Productivo, a "fijar precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos críticos", definidos como tales. En la misma línea, ambas carteras "podrán adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento".