
Tras meses de demora y bajo la presión de una orden judicial, el Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad a través del Decreto 84/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial. De esta manera formalizó la puesta en marcha de una norma que el Congreso había sancionado en julio del año pasado y que el propio Ejecutivo había dejado en suspenso. Se trata de la ley 27.793 que declara la emergencia en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga. Sin embargo, Tras su aprobación parlamentaria, el Poder Ejecutivo paralizó mediante decreto su implementación argumentando falta de previsión presupuestaria.
En diciembre, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró inválido el artículo del decreto que frenaba la aplicación de la ley y ordenó su implementación inmediata. En su fallo, advirtió que el condicionamiento presupuestario chocaba con obligaciones constitucionales y tratados internacionales, y alertó sobre el riesgo concreto de interrupción de tratamientos esenciales para personas con discapacidad.
Pese a apelar la decisión ante la Cámara Federal de San Martín, el magistrado habilitó la feria judicial y exigió al Ministerio de Salud que informara qué acciones estaba tomando. La respuesta oficial llegó a medias: se habló de trámites internos y pasos administrativos, pero sin plazos ni definiciones claras. La reglamentación publicada ahora viene a cerrar ese expediente abierto por la inacción oficial.
El decreto establece, por primera vez, reglas operativas para la ley. Entre los puntos centrales, crea un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, fija criterios de acceso, permanencia e incompatibilidades, y dispone auditorías periódicas. También ordena la conversión automática de las pensiones ya otorgadas al nuevo esquema de Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. La Secretaría Nacional de Discapacidad, bajo la órbita del Ministerio de Salud, deberá coordinar la implementación y convocar al Consejo Federal para definir criterios socioeconómicos. Además, se fijó un plazo de 30 días para presentar un plan de auditorías, un requisito que la ley ya preveía y que hasta ahora no se había cumplido.