Finalmente la Cámara Nacional en lo Criminal y Correcional Federal declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de la Ley de Subrogancias número 27.145, que permite que el Consejo de la Magistratura designe surogantes en caso de que se aparte un juez interviniente. El fallo cuestiona esas atribuciones.
La sentencia se dio a conocer uego de la polémica que se desató al determinar el fin de la suplencia del juez Luis María Cabral en la Cámara Penal de Casación y que se haga una marcha para pedir por su restitución. La decisión fue tomada por la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correcional Federal, integrada por los magistrados Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Farah.
Los argumentos se centran en que la nueva ley violentaría la Constitución Nacional debido a que no establece que primero se utilice a los jueces titulares y porque los abogados conjueces y secretarios judiciales no pasaron previamente por el examen de idoneidad, requisito que es exigido por el ordenamiento jurídico.