Finalmente un juez consideró que no es delito manejar autos para Uber sino "un entuerto netamente comercial". El fallo además sostiene que quienes conducen vehículos para Uber desarrollan, en ese contexto,
"una actividad comercial lícita", y en todo caso podrían existir faltas administrativas o infracciones de tránsito, más no delitos.
El juez de instrucción Luis Zelaya, se adhirió al dictamen del fiscal Jorge Ballestrero y desestimó la denuncia por "inexistencia de delito" realizada por la gremial de los taxistas contra 33 choferes de Uber. El fiscal solicitó la desestimación de las actuaciones y descartó las hipótesis de la instigación delictiva o de la asociación ilícita, al puntualizar que finalmente se trata del desarrollo de "una actividad comercial lícita".
"No parece lógico que la intención de los acusados esté o haya estado orientada a entorpecer el transporte al que pretenden sumar sus servicios", aseguró el juez Zelaya. Y agregó:
"Más allá de la conflictividad que -sobre todo mediáticamente- ha desatado la aparición de Uber, lo concreto, lo real, es que, no se observa que en la vida cotidiana de los porteños se haya visto alterada la regularidad y eficiencia del servicio público de transporte individual de pasajeros ni cualquier otro, por cierto".
El fallo subraya que "todo parece girar en derredor de la disconformidad de los denunciantes con la aparición de un competidor comercial. Sin embargo, todo indica también que este fuero penal no es la vía apropiada para resolver el conflicto". Por su parte, la decisión ya fue apelada por el estudio de Cúneo Libarona, que representa a los taxistas.