
Luego de que la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos se haya pronunciado a favor de la
detención domiciliaria de Milagro Sala o "medidas alternativas",
Francisco Eguiguren, presidente de ese organismo, le explicó a Página 12 que el caso de la dirigente de la
Túpac Amaru es excepciónal y que pronunciarse sobre la arbitrariedad de la detención no está dentro de las facultades de la CIDH, pero sí el hacerlo sobre las
condiciones de encierro.
Al respecto,
la Comisión concluyuó que Sala corre peligro y por ese motivo debe salir de la prisión del Alto Comedero. “El hostigamiento por exceso de vigilancia, procesos disciplinarios, multitud de procesos judiciales, le han ido creando un cuadro de agobio que atañe su integridad psíquica, moral, y eso le genera un cuadro peligroso para su vida y su integridad. La Comisión llega a la conclusión, sin entrar a analizar los procesos, de que su permanencia en prisión pone en riesgo su vida severamente y por eso considera que cualquier continuidad de juicio debe darse o fuera de la cárcel en un arresto domiciliario o en libertad sometida a procedimientos de control”, sostuvo
.
Eguiguren explicó que la medida cautelar interpuesta ante la CIDH estaba referida a la detención de Sala, la cual era considerada arbitraria y se pedía su libertad, Desde el organismo no podían pronunciarse sobre ese asunto, que es una cuestión de fondo, pero sí se volcaron a analizar las
condiciones de detención de la legisladora del Parlasur. Para ello, y ante la invitación del Gobierno argentino, visitaron a
Milagro Sala, al gobernador jujeño
Gerardo Morales y las
autoridades locales.
Dada la importancia del caso por tratarse de una dirigente social y política de relevancia, la Comisión visitó el penal del Alto Comedero y concluyó que "
las condiciones materiales en las que Milagro Sala se encuentra en este centro de detención son razonables dentro de los estándares internacionales, hay condiciones que agravan su privación de la libertad", detalló el titular del organismo y enumeró el "
exceso de una vigilancia agobiante que no la deja moverse con libertad. Muchos procesos administrativos, sumarios, que le llamaban, cuando ella ha reclamado un derecho propio o de otras internas. Entonces, estas condiciones de detención, hostigamiento por exceso de vigilancia, procesos disciplinarios, multitud de procesos judiciales, le han ido creado un cuadro de agobio que atañe su integridad psíquica, moral, y eso le genera un cuadro peligroso para su vida y su integridad".
Al tener en cuenta estas condiciones de encierro,
"la Comisión llega a la conclusión, sin entrar a analizar los procesos, de que su permanencia en prisión pone en riesgo su vida severamente y por eso considera que cualquier continuidad de juicio debe darse o fuera de la cárcel en un arresto domiciliario o en libertad sometida a procedimientos de control que tienen en Argentina, como los brazaletos o cualqueir restricción de salida", explicó Eguiguren
.
En este punto, y frente a algunos intentos del Gobierno de interpretar a su favor el fallo de la CIDH, el titular del organismo aclaró que "
la Comisión recomienda que si ella sigue sometida a los juicios, los procesos deben desarrollarse en prisión domiciliaria o en libertad con medidas de restricción como pueden ser los brazaletes electrónicos pero no dentro de la cárcel. Lo que queda claro es que en la cárcel no".